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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Lunes, 02 de noviembre de 1998 Pág. 11.854

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CELANOVA

ANUNCIO (encargado/a de Asuntos Culturales).

Aprobadas por el Pleno de la Corporación, en la sesión de treinta de julio de mil novecientos noventa y ocho las bases que regirán la convocatoria para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición libre de la plaza de encargado/a de Asuntos Culturales, y una vez insertado el anuncio de oferta de empleo público en el BOE del 1 de

octubre de 1998, se procede a la publicación de las mismas, tal como seguidamente se transcribe:

Primera.-Objeto. Es objeto de la presenta convocatoria la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de funcionario de carrera, denominada encargado/a de Asuntos Culturales, incluida en la oferta de empleo público de este ayuntamiento para 1998. La plaza está encuadrada en la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase de cometidos especiales, grupo C, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

Segundo.-Requisitos de los aspirantes. Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos, referidos a la fecha en que remate el plazo de presentación de instancias:

a) Ser español o miembro de un país de la Unión Europea, de conformidad con la legislación vigente.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla de la que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión del título de bachiller superior, formación profesional de 2º grado o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida o sea incompatible con el desempeño de las funciones o tareas de la plaza.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, ni estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

f) En todo caso, el aspirante que ingrese en virtud de esta convocatoria quedará obligado a prestar los servicios en la jornada de trabajo única o partida que acuerde el ayuntamiento, así como los servicios o cometidos similares al de la plaza, siempre de acuerdo con las normas generales que se adopten, sin discriminación para el cometido de la plaza.

Tercera.-Solicitudes. Las instancias con las que se solicita tomar parte en las pruebas selectivas se dirigirán al alcalde y se presentarán en el registro general del ayuntamiento, durante el plazo de veinte días naturales siguientes al de publicación del anuncio de convocatoria en el BOE, en modelo oficial que se facilitará en las oficinas del ayuntamiento. Previamente, se publicarán las bases íntegras en el BOP y en el DOG.

En las instancias se hará constar expresamente que el solicitante reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria.

Asimismo, junto con la instancia, presentará relación circunstanciada de los méritos que aleguen para la fase de concurso, uniendo a la referida relación los documentos acreditativos de los méritos alegados, en originales o fotocopias válidas, ya que no se tomarán en consideración ni serán valorados aquéllos que no queden debidamente acreditados en todos sus extre

mos, en el momento de presentación de la instancia, excepto en los servicios prestados en este ayuntamiento, que serán certificados por el secretario, siempre que sean alegados y cuantificados por los aspirantes en las solicitudes.

Las solicitudes se podrán presentar también en la forma que determina el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Los derechos de examen se fijan en la cifra de 2.000 pesetas, debiendo asimismo unirse a la instancia resguardo de haberlos ingresado.

Cuarta.-Admisión de aspirantes. Finalizado el plazo de admisión de instancias, el alcalde aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en el BOP y en el tablón de edictos de la casa consistorial, concediendo un plazo de diez días hábiles a efectos de reclamaciones y correción de deficiencias, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 30/1992. Si las hubiese, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será asimismo publicada en la forma indicada.

En la misma resolución, el alcalde determinará el lugar, hora y fecha del comienzo de los ejercicios y la composición del tribunal calificador.

Quinta.-Tribunal calificador.

El tribunal que juzgue las pruebas estará compuesto del siguiente modo:

Presidente: el alcalde de la corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

-Un representante de la Xunta de Galicia.

-Un representante de la CSIF, a la que pertenecen los delegados de personal del ayuntamiento.

-Un funcionario de carrera designado por la alcaldía.

-El secretario del ayuntamiento, que, a su vez, actuará como secretario del tribunal.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes y se hará publica en el BOP y en el tablón de edictos del ayuntamiento, a efectos de recusación.

Los vocales deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de por lo menos tres de sus miembros, titulares o suplentes. En todo caso, se requiere la asistencia del presidente y del secretario o de las personas en las que deleguen.

El tribunal, por mayoría de sus miembros, podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para las pruebas que estime pertinentes. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.

Los miembros del tribunal deberán abstenerse cuando concurran las circunstancias del artículo 28 de

la Ley 30/1992, sin perjuicio del derecho de recusación que puedan ejercer los aspirantes.

Sexta.-Comienzo y desarrollo de las pruebas. Las pruebas selectivas no podrán dar comienzo hasta que transcurran dos meses desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. El día, hora y lugar del inicio de celebración de los ejercicios se anunciará en el BOP. La publicación de los sucesivos anuncios la hará el tribunal en el tablón de edictos del ayuntamiento.

Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas, a no ser que todos los que tengan que realizar la prueba respectiva acepten la reducción de este plazo.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único.

Séptima.-Sistema de selección.

La selección será mediante concurso-oposición. La fase de concurso será previa a la de oposición.

A) Fase de concurso: en la fase de concurso se valorarán los méritos alegados por los aspirantes, hasta un máximo de 10 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

1. Antigüedad: por cada año de servicio remunerado prestado en la Administración pública en puesto de trabajo igual o similar al que se aspira, 1 punto, con un máximo de 3 puntos.

2. Conocimiento de la lengua gallega: curso de iniciación, 0,50 puntos; curso de perfeccionamiento, 0,75 puntos; curso básico de gallego, 1 punto. Solamente puntuará el curso de mayor titulación.

3. Méritos relacionados con el puesto a que se aspira:

a) Asistencia a cursos: por asistencia a cursos, jornadas, encuentros, simposios y grupos de trabajo relacionadas con asuntos culturales: hasta 25 horas, 0,20 puntos; de 25 a 50 horas, 0,30 puntos; de más de 50 horas, 0,40 puntos. Puntuación máxima: 1 punto.

Documentos justificativos: fotocopias compulsadas de las certificaciones acreditativas.

b) Dirección, organización y coordinación de actividades relacionadas con el puesto: hasta 9 horas, 0,10 puntos; de más de 9 horas a 18 horas; 0,20 puntos; de más de 18 horas a 36 horas, 0,40 puntos y de más de 36 horas, 0,50 puntos. Puntuación máxima: 2 puntos.

Documentación justificativa: certificación de la entidad patrocinadora.

c) Publicaciones y trabajos escritos o audiovisuales relacionados con el puesto: puntuación máxima: 3 puntos.

Documentación justificativa: ejemplares de los trabajos realizados o certificaciones de la editora.

Esta fase no tendrá carácter eliminatorio ni se podrá tener en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

B) Fase de oposición.

Consistirá en la realización de los siguientes ejercicios:

1. Teórico. Escrito: desarrollo de 3 temas del programa anexo, uno de la parte de materias comunes y dos de la parte de materias específicas, elegidos por sorteo en un tiempo máximo de 2 horas 30 minutos. Se valorará la profundidad de los conocimientos, la claridad y el rigor en la exposición, la cita de la legislación aplicable y la adecuación de conclusiones, en su caso. En esta prueba, el aspirante no podrá hacer uso de ningún texto legal ni de apoyo.

2. Práctico. Escrito: realización en el plazo máximo de una hora y treinta minutos, de uno o varios supuestos prácticos, propuestos por el tribunal, en relación con el programa adjunto. Criterios de valoración: manejo de máquinas informativas, esquematización, exactitud y adecuación de resultados.

3. Práctico. Escrito: traducción al gallego de un texto castellano. Tiempo: 30 minutos. Criterios a seguir: exactitud en la traducción y adecuación a la norma lingüística de la Xunta de Galicia.

Octavo.-Calificación. Los ejercicios 1 y 2 de la fase de oposición serán obligatorios y eliminatorios. Se calificarán hasta un máximo de 10 puntos cada uno de ellos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. El número de puntos que podrá otorgar cada miembro del tribunal será de 0 a 10 puntos y la calificación de cada aspirante será el resultado de dividir el número de componentes del tribunal la suma de los puntos obtenidos.

El ejercicio número 3 será obligatorio, pero no eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 6 puntos, pudiendo otorgar cada miembro del tribunal de 0 a 6 puntos obteniéndose la media aritmética.

La calificación definitiva del concurso-oposición será el resultado de sumar las puntuaciones otorgadas por el tribunal en cada uno de los ejercicios que componen la fase de oposición, más la puntuación resultante en la fase de concurso.

Noveno.-Relación de aprobados, presentación de documentación y nombramiento. Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará la relación de aprobados, que no podrá ser superior al número de plazas convocadas y alegará propuesta, con carácter vinculante, junto con el acta de la última sesión, al alcalde para que formule el pertinente nombramiento.

El aspirante propuesto presentará en la secretaría del ayuntamiento, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, la documentación acreditativa de reunir los requisitos señalados en la base segunda.

Décima.-Toma de posesión. Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, el opositor nombrado

tomará posesión de su cargo en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente a aquél en que le fuese notificado el nombramiento. En caso contrario, sin que medie causa justificada, quedará en la situación de cesante.

Undécima.-Incidencias. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma que se establece en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El tribunal queda facultado para resolver las dudas que pudieran presentarse y adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición, en aquellos aspectos no previstos en las presentes bases.

Para lo no previsto en la convocatoria, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril; Real decreto legislativo 781/1981, de 18 de abril; Ley 30/1984, de 2 de agosto; Reglamento general de ingresos en la Administración pública; Real decreto 896/1991, de 7 de junio, y demás disposiciones concordantes de aplicación.

Programa concurso-oposición libre para encargado/a de Asuntos Culturales

Ejercicio teórico

I. Materias comunes.

Tema 1. La Constitución española 1978. Significado y estructura. Principios generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

Tema 2. Organización territorial del Estado en la Constitución. Las comunidades autónomas. La Administración local.

Tema 3. La Constitución de las Comunidades Autónomas. Competencias. El Estado de autonomía: procedimiento de elaboración, contenido y valor normativo. El sistema institucional de las comunidades autónomas.

Tema 4. El procedimiento administrativo: su significado. Fases del procedimiento administrativo general.

Tema 5. La Administración local. Concepto. Entidades que comprende. El régimen local español. Regulación jurídica.

Tema 6. El municipio: concepto. Organización municipal. Competencias. Al alcalde: elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.

Tema 7. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria de la orden del día. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 8. Procedimiento administrativo local. El Registro de Entrada y Salida de Documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

II. Materias específicas.

Tema 9. El megalitismo en la Galicia prerromana y la cultura de los castros en la Tierra de Celanova.

Tema 10. Castromao en el conjunto de la Galicia prerromana y en la romanización.

Tema 11. La familia de San Rosendo en la Galicia de la Alta Edad Media.

Tema 12. La figura de San Rosendo y su influencia en la fundación de Celanova.

Tema 13. El prerrománico en Galicia. La capilla de San Miguel.

Tema 14. El monasterio de San Salvador, evolución histórica.

Tema 15. El Barroco en Galicia. Estudio arquitectónico del monasterio de Celanova.

Tema 16. El monacato en Galicia en la Edad Media. Los benedictinos.

Tema 17. La Galicia medieval y la revolución irmandiña. Su influencia en la Tierra de Celanova.

Tema 18. Vilanova dos Infantes y Santa María de Milmanda en el conjunto de las fortalezas de Galicia.

Tema 19. La figura de Manuel Curros Enríquez. Su vida y su legado literario.

Tema 20. La figura de Celso Emilio Ferreiro. Su vida y su legado literario.

Tema 21. Las principales figuras históricas de Celanova. De Castellá Ferrer a Méndez Ferrín.

Tema 22. El nacimiento del galleguismo. Su influencia en Celanova. Las mocedades galeguistas.

Tema 23. La Ley del patrimonio cultural de Galicia. Los bienes de interés cultural. Su protección y conservación.

Tema 24. La arquitectura popular gallega. Hórreos, cruceiros, petos de ánimas, fuentes, molinos, etc. y su presencia en el municipio de Celanova.

Tema 25. El patrimonio histórico de la comarca. Principales edificios históricos de la Tierra de Celanova.

Tema 26. El folclore. Romerías y fiestas populares en la provincia de Ourense. Las fiestas de Celanova y las romerías marianas de la comarca de Celanova.

Tema 27. La música, una tradicción cultural de Celanova. Las agrupaciones musicales del municipio. Historia y particularidades.

Tema 28. Los museos en Ourense. El relicario de Celanova y el tesouriño de San Rosendo en el museo de la catedral.

Tema 29. Los conservatorios de música. Legislación y funcionamiento.

Tema 30. La objección de conciencia. La Ley del voluntariado como complemento a la actividad cultural.

Tema 31. Los gabinetes de comunicación. Los medios de comunicación locales.

Tema 32. La actividad cultural en el conjunto de la provincia de Ourense. Principales actividades culturales que se desarrollan a lo largo del año en la provincia de Ourense.

Tema 33. El protocolo en la actividad municipal. Organización de actos públicos. Precedencia, tratamientos y regulación del uso de la bandera.

Tema 34. El asociacionismo cultural y vecinal. La Ley de asociaciones.

Tema 35. La formación ocupacional en Galicia. Competencias y organización de cursos.

Tema 36. La Red de Bibliotecas de Galicia. Funcionamiento de las bibliotecas municipales.

Tema 37. La evolución urbana de Celanova. Historia de las calles y de los espacios públicos.

Tema 38. La Tierra de Celanova, un espacio geográfico en el conjunto comarcal de Galicia. Características geográficas y población.

Tema 39. Conceptos básicos de informática. Windows 95, programas de tratamiento de textos, Word y AmiPro y su aplicación en la actividad cultural.

Tema 40. La normalización lingüística en los ayuntamientos. La Ley del uso del gallego como lengua oficial por las corporaciones locales. Líneas de ayuda.

Celanova, 5 de octubre de 1998.

El alcalde

Rubricado