Incoado por el Servicio de Costas de Pontevedra el expediente de deslinde del dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa que comprende desde
la playa de Canelas hasta el límite con el término municipal de Poio, en el término municipal de Sanxenxo, la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Sanxenxo, en sesión celebrada el 11 de septiembre de 1998, adoptó el acuerdo siguiente:
Segundo: de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 22.2º.b) del Real decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, suspender el otorgamiento de licencias de obra en el ámbito afectado por el deslinde en tanto dure la tramitación del expediente de deslinde que, en todo caso, no podrá superar el plazo máximo que legalmente se establezca.
Sanxenxo, 22 de septiembre de 1998.
Luis Rodríguez Lorenzo
Alcalde