Por la presente cédula se notifica a los/as denunciados/as, cuyas señas y últimos domicilios conocidos/as se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras, dictadas por el delegado provincial de la CPTOPV de A Coruña, facultado por el Decreto 70/1993, de 10 de marzo (DOG del 26 de marzo), recaídas en los expedientes que se citan en el anexo.
Haciéndoles saber el derecho que les asiste para interponer recurso ordinario, ante el director general de Transportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones, disponen de un plazo de quince días, para su pago en voluntaria, haciendo efectiva la multa mediante ingreso a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta de recaudación de multas y sanciones nº 1302 6000 08 13.763.620 de la Caja Postal de Ahorros.
Transcurrido este plazo se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo prescrito en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre).
Y para que conste y sirva de notificación a los/as denunciados/as de domicilios desconocidos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la anteriormente citada ley, expido, firmo y sello la presente cédula en A Coruña a 29 de septiembre de 1998.
Gonzalo López González
Jefe del Servicio Provincial de Transportes