De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan que, con esta fecha, he resuelto publicar la resolución del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, de incendios forestales,
(BOE nº 294, del 7 de diciembre), por no ser posible su notificación.
El importe de la sanción se hará efectivo en cualquier entidad bancaria, en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia nº 311.000.1181 de la Caja de Ahorros de Galicia, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta notificación. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en esa delegación provincial, sita en el edificio administrativo de Servicios Múltiples-Monelos, A Coruña. Transcurrido el citado plazo se precederá al cobro por la vía administrativa de apremio.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 114 y concordantes de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe formular recurso ordinario ante el conselleiro de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado igualmente, a partir del día siguiente a la publicación de esta notificación.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se presente, esta resolución será firme a todos los efectos reglamentarios.
A Coruña, 8 de octubre de 1998.
Rogelio Aramburu Núñez
Delegado provincial de A Coruña