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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Miercoles, 21 de octubre de 1998 Pág. 11.397

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 1998, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de incoación de los expedientes sancionadores en materia de pesca fluvial P-54/98 y dos más, devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en el Decreto 482/1997, de 30 de diciembre (DOG del 8-1-1998), por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan, que con esta fecha resolví publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia (DOG no 151, del 5 de agosto), por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.

Se nombra instructora de este procedimiento a Paloma Quiroga López y secretario a José Antonio García Blanco, funcionarios de esta delegación provincial, pudiendo ser recusados en cualquier momento de la tramitación del expediente de concurrir los supuestos legales.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince días (15), contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para aportar, por escrito, cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas consideren convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuarse alegaciones en plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose a estos efectos el importe de la sanción.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados, que le serán facilitados en esta delegación provincial de Lugo, sita en Ronda de la Muralla, 70-1ª planta.

Lo que se les comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobada por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto).

Lugo, 18 de septiembre de 1998.

Luis González Vázquez

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

-Expediente nº:- P-54/98.

Denunciado: Jesús Jorge Hombre Luaña

(DNI 76.458.194).

Último domicilio conocido: Conga-Santiago, 1-15, A Coruña.

Hechos imputados: no respetar las limitaciones de tamaño fijadas por la Orden 14-1-1998 (DOG del 3 de febrero) de la Consellería de Medio Ambiente, al haber capturado 4 truchas de tamaño inferior al reglamentario, el día 7-4-1998, en el río Cereixido-Cervantes-Lugo.

Precepto sancionador: 33.9º de la Ley de pesca 7/1992.

Calificación infracción: leve.

Sanción: 10.000 pesetas de multa y 6.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas.

-Expediente nº: P-56/98.

Denunciado: José Luis Blanco Neira

(DNI 33.812.185).

Último domicilio conocido: Blanca Martínez, 12, Monterroso-Lugo.

Hechos imputados: no respetar las limitaciones de tamaño fijadas por la Orden 14-1-1998 (DOG del 3 de febrero) de la Consellería de Medio Ambiente, al tener capturado 35 truchas de las que 25 son de tamaño inferior al reglamentario, el día 5-4-1998, en el río Ulla-Palas de Rei-Lugo.

Precepto sancionador: 33.9º de la Ley de pesca 7/1992.

Calificación infracción: leve.

Sanción: 25.000 pesetas de multa y 37.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas.

-Expediente nº: P-86/98.

Denunciado: Javier Pérez García (DNI 34.225.673).

Último domicilio conocido: Pescadería, 8-2º, Betanzos-A Coruña.

Hechos imputados: no respetar las limitaciones de tamaño fijadas por la Orden 14-1-1998 (DOG del 3 de febrero) de la Consellería de Medio Ambiente, al tener capturado 4 truchas de tamaño inferior al regla-

mentario, el día 19-3-1998, en el arroyo de Roxán-Palas de Rei-Lugo.

Precepto sancionador: 33.9º de la Ley de pesca 7/1992.

Calificación infracción: leve.

Sanción: l0.000 pesetas de multa y 6.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas.