De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 39/1988 y 106.3º de la Ley 1/1985, y en cumplimiento de lo acordado por la corporación provincial en sesión celebrada el día 28 de febrero del actual y en la del día de la fecha, se hace pública que la Diputación Provincial de Ourense asume la competencia delegada en ella por el ayuntamiento que se relaciona, para gestión, liquidación, inspección y recaudación de los impuestos que se mencionan, en las condiciones generales etablecidas y que se detallan en el anuncio publicado por esta corporación en el DOG del día 19 de septiembre de 1994.
Ayuntamiento de Barbadás: impuesto de vehículos de tracción mecánica, en ejecutiva; tasa de recogida de basura, en ejecutiva; liquidaciones y altas del IBI y atrasos, en ejecutiva.
La fecha de inicio de efectos de esta delegación y el plazo de su vigencia se ajustarán a las normas que tiene establecidas esta diputación.
Ourense, 30 de julio de 1998.
El presidente
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