Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que
se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el director general de Transportes, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber el derecho que les asiste de interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 13.763.620 de la Caja Postal de Ahorros, sucursal de Santiago de Compostela.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 29 de julio de 1998.
Juan Girón Astray
Subdirector general de Inspección de Transportes
ANEXO
-Matrícula
-Denunciante -Último enderezo coñecido -Data-Hora-Estrada-p.k. infrinxido sancionador imposta
-Expediente
-Denunciado
-Feito denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
M-0122-LP
G.C. Tráfico Ronda de Segovia, 3, 285
Madrid
3-6-1997, 17.00.00
N-540, 28,200
ptas. OR-6637-I
G.C. Tráfico Av. Otero Pedrayo, 4-1º
324 Ourense
4-6-1997, 18.45.00
N-525, 220
ptas. M-9520-GB
G.C. Tráfico Infanta Mercedes, 81
2820 Madrid
9-6-1997, 16.45.00
N-525, 165
ptas. OR-6637-I
G.C. Tráfico Avda. Otero Pedrayo, 4-1º
324 Ourense
12-6-1997, 10.45.00
OR-P 14
ptas.OU-00013-O-98
Transportes Martín, Grupo Seis, S.L.
Realizar un transporte de antenas de repetidor, careciendo de la tarjeta de transportes en vigor. En el supuesto de poseer dicha autorización, será sancionado por no llevarla en el vehículo.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
OU-00031-O-98
Oteca, S.A.
Transportar carga útil (tierra), careciendo de la correspondiente autorización administrativa de transportes. Presenta distintivos servicio privado, ámbito comarcal, arrrastra semirremolque: OR-00314-R.
Art. 103 de la Ley 16/1987 y Art. 158 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 15.000
OU-00086-O-98
Acogar, S.L.
Transportar sólo cemento, careciendo de tarjeta de transportes. Presenta distintivos MDP-Nacional. No suposto de poseer dita autorización será sancionado por non levala no vehículo.
Art. 199, b) del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 5.000
OU-00099-O-98
Oteca, S.A.
Transportar zahorra, careciendo de tarjeta de transportes en vigor. Presenta distintivos de ámbito de acción comarcal.
Art. 103 de la Ley 16/1987 y Art. 158 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 15.000
-Matrícula
-Denunciante -Último enderezo coñecido -Data-Hora-Estrada-p.k. infrinxido sancionador imposta
-Expediente
-Denunciado
-Feito denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
M-9520-GB
G.C. Tráfico Infanta Mercedes, 81
2820 Madrid
17-6-1997, 15.20.00
N-525, 188
ptas. LE-2542-P
G.C. Tráfico Las Matas s/n
24560 Villadecanes, León
19-6-1997, 14.40.00
N-120, 448
ptas. PO-8401-AH
G.C. Tráfico García Barbón, 109
36201 Vigo (Pontevedra)
19-6-1997, 10.00.00
ptas. CA-9318-Y
G.C. Tráfico 11311 San Roque (Cádiz)
9-7-1997, 11.25.00
N-120, 581
ptas. GU-0587-D
G.C. Tráfico Miguel Cervantes, 25
32340 Vilamartín de Valdeorras (Ourense)
10-7-1997, 8.50.00
N-525, 118
ptas. M-9799-KJ
G.C. Tráfico Avda. Lugo, 26
15800 Melide (A Coruña)
3-8-1997, 11.30.00
N-525, 234
ptas. ZA-6356-D
G.C. Tráfico Urbina, 11-6º Izda.
113 Vitoria-Gasteiz (Álava)
26-2-1997, 17.30.00
N-120, 453,400
ptas.
OU-00138-O-98
Acogar, S.L.
Transportar tierra, careciendo de la tarjeta de transportes, en el supuesto de poseer dicha autorización, será sancionado por no llevarla en el vehículo.
Art. 199, b) del R.D. 12/11/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 5.000
OU-00185-O-98
Lisardo García, S.L.
Transportar cajas de madera, careciendo el vehículo de tarje ta de transportes del año que corre. Presta tarjeta MPC, de la Junta de Castilla-León, válida hasta finalizar el año 1995.
Art. 103 de la Ley 16/1987 y Art. 158 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
OU-00188-O-98
José Piñeiro González e hijos, S.L.
Transportar madera, careciendo de autorización de transportes presenta tarjeta del 93 caducada.
Art. 103 de la Ley 16/1987 y Art. 158 do R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
OU-00327-O-98
Ana Isabel Expósito Martín, BDA Pescadores Torreguadiaro, s/n
Transportar pescado careciendo de la autorización administrativa de transportes. Presenta licencia comunitaria nº 02363 a nombre de Expósito Román J.B. Torreguadiaro s/n, San Roque (Cádiz). Arrastra semirremolque T-00952-R en el supuesto de poseer dicha autorización seá sancionado por no llevarla en el vehículo.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 25.000
OU-00332-O-98
Excavaciones Prada, S.L.
Transportar piedra molida, careciendo da tarjeta visado de transporte. Presenta visado año 93, MPC nacional en el supuesto de poseer dicha autorización, será sancionado por no llevarla en el vehículo.
Art. 103 de la Ley 16/1987 y Art. 158 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
OU-00434-O-98
Bahnas y González Frigo Transport, S.L.
Transportar fruta, careciendo de autorización administrativa de transportes. Titular de la tarjeta de transporte, Transportes Novoa e hijos, S.L., titular del vehículo, Bahnas e González Frigo Transport, S.L.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 25.000
OU-01255-O-97
José María Prada López
Realizar un transporte público de mercancías, careciendo de autorización administrativa, transportar loza.
Art. 199, b) del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 5.000
OR-4290-S
G.C. Tráfico Roi Paez, 16 4B
324 Ourense
4-3-1997, 08.35.00
N-120, 557
ptas.OU-01293-O-97
Juan Marcos Gómez Heras
Realizar un transporte de mercancias (paquetería), careciendo da tarjeta de transportes. En el supuesto de poseer dicha autorización se sancionará por no llevarla en el vehículo.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
-Matrícula
-Denunciante -Último enderezo coñecido -Data-Hora-Estrada-p.k. infrinxido sancionador imposta
-Expediente
-Denunciado
-Feito denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
M-0652-OL
G.C. Tráfico Sierra Carbonera, 65
2818 Madrid
5-3-1997, 19.10.00
N-525,230,200
ptas. B-4850-JW
G.C. Tráfico Avda. Santiga, 9
8130 Santa Perpetua de Mogodá (Barcelona)
13-3-1997, 1.10.00
N-525, 187,900
ptas. C-0322-AV
G.C. Tráfico San Vicente, 10
1510 A Coruña
17-3-1997, 17.55.00
N-120, 461,4
ptas. C-0322-AV
G.C. Tráfico San Vicente, 10
1510 A Coruña
18-3-1997, 12.25.00
N-525, 248
ptas. PO-1235-AT
G.C. Tráfico Cachadas, 7
36860 Ponteareas (Pontevedra)
18-3-1997, 12.10.00
N-120, 584
ptas. C-0322-AV
G.C. Tráfico San Vicente, 10
1510 A Coruña
18-3-1997, 12.45.00
N-525, 248
ptas.OU-01306-O-97
Castillo Iñigo, S.L.
Transportar quesos, careciendo de la tarjeta visado de transportes del año que corre o documento oficial que sustituya. Se trata de un vehículo dedicado al transporte de mercancías perecederas, careciendo del certificado de autorización y también en su totalidad de los distintivos.
Art. 103 de la Ley 16/1987 y Art. 158 del R.D. 1211/1990, Art. 7 del R.D. 2312/1985, de 24 de septiembre, normas de homologación, ensayo e inspección de vehículos destinados al transporte de mercancías perecederas (BOE número 298 del 13 de diciembre) Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
OU-01354-O-97
Rafael Pineda Revel
Transportar material de hierro y dos palés de tela asfáltica, careciendo de tarjeta de transportes presenta distintivos de servicio público de ámbito nacional. En el supuesto de poseer dicha autorización, será sancionado por no llevarla en el vehículo.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
OU-01371-O-97
TSN, S.L.
Transportar yogures, careciendo de tarjeta de transportes. Presenta distintivos de servicio público, ámbito nacional. En el supuesto de poseer dicha autorización, será sancionado por no llevarla en el vehículo.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
OU-01385-O-97
TSN, S.L.
Realizar un transporte de yogures, careciendo de la tarjeta de transportes. En el supuesto de poseer dicha autorización será sancionado por no llevarla en el vehículo.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
OU-01386-O-97
TTES de Aridos y GLES por CTRA, S.L.
Realizar un trasporte de mercancias (piezas de Citroën) careciendo de tarjeta de transportes. En el supuesto de poseer dicha autorización será sancionado por no llevarla en el vehículo.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 25.000
OU-01387-O-97
TSN, S.L.
Carecer en el vehículo de los discosdiagrama de la semana en que estamos y el último de la semana en la que condujo. Transporta yogures.
Art. 15 del R(CE) 3821/1985 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 47.000
PO-1772-BD
G.C. Tráfico Orbenlle-Budiño, 16
36475 O Porriño (Pontevedra)
22-3-1997, 8.35.00
N-525, 200
ptas.OU-01395-O-97
Ramón Fernández Martínez
Circular transportando muebles, careciendo de la tarjeta visado de transportes, no presenta solicutud así como ningún tipo de tarjeta.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
-Matrícula
-Denunciante -Último enderezo coñecido -Data-Hora-Estrada-p.k. infrinxido sancionador imposta
-Expediente
-Denunciado
-Feito denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
C-0322-AV
G.C. Tráfico San Vicente, 10
1510 A Coruña
20-3-1997, 17.20.00
N-525, 231
ptas. OR-8891-H
G.C. Tráfico Avda. Buenos Aires, 185 baixo
324 Ourense
24-4-1997, 12.15.00
N-525, 188
ptas. C-2569-AY
G.C. Tráfico Choeiras Almeiras, s/n
15180 Culleredo (A Coruña)
2-5-1997, 12.00.00
N-525, 197,100
ptas. O-1167-AX
G.C. Tráfico La Granda-Albandi Carreño s/n
33492 Oviedo (Asturias)
3-5-1997, 12.45.00
N-525, 3,200
ptas.
OR-5324-C
G.C. Tráfico Maior, 24
32600 Verín (Ourense)
5-5-1997, 12.55.00
N-532, 1
ptas. C-0322-AV
G.C. Tráfico San Vicente, 10
1510 A Coruña
7-5-1997, 18.15.00
C-531, 6
ptas.OU-01408-O-97
TSN, S.L.
Circular un vehículo transportando yougres, careciendo de autorización de transportes. En el supuesto de poseer dicha autorización será sancionado por no llevarla en el vehículo.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
OU-01721-O-97
Pescados Las Rias, S.L.
Transportar pescado, careciendo del visado de la tarjeta de transportes del año en que estamos presenta tarjeta 94/95 válida hasta finalizar el visado de 1996. En el supuesto de poseer autorización, será sancionado por no llevarla en el vehículo.
Art. 199, b) del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 5.000
OU-01795-O-97
Manuel Viña Muíño
No realizar el visado de la autorización de transportes en el plazo determinado por la administración. Transporta chorizo revilla y navidul. Presenta tarjeta válida hasta finalizar el visado del año 1996. En el supuesto de poseer dicha autorización será sancionado por no llevarla en el vehículo.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
OU-01808-O-97
Martínez Hernández Contratas, S.A.
Realizar un transporte privado complentario, transportando un cazo de maquinaria, careciendo de tarjeta de transportes. En el supuesto de poseer dicha autorización, será sanciondo por no llevarla en el vehículo.
Art. 103 de la Ley 16/1987 y Art. 158 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
OU-01818-O-97
Aurora Santamarina Carnero
Transportar grava, careciendo de la tarjeta de transportes del año en curso, carece de distitintivos de radio de acción. En el supuesto de poseer dicha autorización será sancionado por no llevarla en el vehículo.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 158 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
OU-01832-O-97
TSN, S.L.
Transportar mercancias perecederas, careciendo en el vehículo de la tarjeta de transportes. Presenta distintivos públicos nacionales.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
C-0322-AV
G.C. Tráfico San Vicente, 10
1510 A Coruña
14-5-1997, 7.50.00
N-525, 235
ptas.OU-01865-O-97
TSN, S.L.
Realizar un transporte de productos de embutidos, careciendo de tarjeta de transportes.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
-Matrícula
-Denunciante -Último enderezo coñecido -Data-Hora-Estrada-p.k. infrinxido sancionador imposta
-Expediente
-Denunciado
-Feito denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
BI-8167-BV
G.C. Tráfico San Andrés, 24-3º
48220 Abadiaño (Vizcaya)
20-5-1997, 17.15.00
N-120, 584
ptas. LE-6015-R-01
G.C. Tráfico Avda. Portugal, s/n
24400 Ponferrrada (León)
28-5-1997, 8.15.00
N-120, 472
ptas. PO-5443-BB
G.C. Tráfico Sol de Casas Escuadro 12
36548 Silleda (Pontevedra)
ptas.OU-01936-O-97
TTES Hermanos, Barreira Lorenzo, S.L.
Minorar el descanso mínimo obligatorio diario de 8 horas a 6 horas y 15 minutos. Realiza el descanso máximo ininterrupido de 3 h a 9.15 h del disco con fecha de 19 de 20 de maio de 1997 se adjunta copia de los discos diagrama.
Art. R (CE) 3820/1985 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 47.000
OU-02038-O-97
Aritrans Noventa y Cinco, S.L.
Transportar bloques de cemento, careciendo el vehículo de tarjeta de transportes. Presenta solicitud de fecha 24-4-1997 en la Junta de Castilla y León.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 25.000
OU-02052-O-97
Maquinaria de Pontevedra, S.A.
Transportar arena desde Celanova a la Merca, careciendo de la correspondiente tarjeta de transportes. Arrastra semirremolque B-15177-R Art. 103 de la Ley 16/1987 y Art. 158 del R.D. 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000
8075