Declarada de urgente ocupación por Decreto 146/1998, de 15 de mayo, (Diario Oficial de Galicia de fecha 29 de mayo), a favor de la entidad Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio en Avda. de Arteixo, nº 171 de A Coruña, la ejecución de las instalaciones eléctricas que más abajo se describen, a los efectos de expropiación forzosa e imposición de servidumes de paso.
En cumplimiento de los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento de 26 de abril de 1957, se hace saber a los interesados propuestos como titulares de las fincas que se contienen en las relaciones anexas, que el representante y el perito de la Administración se constituirán en los días 25 y 27 de agosto de 1998 en las fincas para la toma de datos y levantar a continuación en las oficinas de la Casa Consistorial de A Baña las actas previas a la ocupación, en las que se describirán los bienes y los derechos afectados
por expropiación o servidumbres, a partir de las que siguen:
Expediente nº 38/96.
Línea eléctrica aéreo subterránea a 20 kV en su parte subterránea de 565 m de longitud con origen en la subestación de Negreira y final en el apoyo nº 1 de la línea Doumes-Vilar de Suso, y en su parte aérea de 3.285 m de longitud con origen en el apoyo nº 1 de la anterior línea y final en el apoyo nº 55 de la línea Portolar-San Román. Ayuntamiento de A Baña.
Día: 25 de agosto de 1998.
A partir de las 11 horas las fincas números 6, 7, 9, 11, 11/1, 13, 14 y l5.
A partir de las 12 horas fincas números 18, 19, 21, 25, 26, 27, 28, 29, 35 y 37.
Día 27 de agosto de 1998.
A partir de las 11 horas fincas números 38, 40, 41, 50, 51, 52 y 53.
A partir de las 12 horas fincas números 54, 55, 56, 59, 60, 61, 63, 64, 66 y 67.
Se advierte a los interesados, a los que se les practicará notificación al efecto, que deben concurrir al acto por sí o por personas que les represente, y si así lo estiman con sus peritos y un notario por su cuenta, pudiendo hacer manifestaciones en el mismo y aportar datos que sean útiles, y formular alegaciones por escrito hasta el citado levantamiento, a lo solos efectos de subsanar posibles errores de las relaciones.
A Coruña, 30 de junio de 1998.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial de A Coruña