De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48.1º de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 48.2º, 49, 50 y 51 de su reglamento, de 26 de abril de 1957, esta delegación acuerda señalar el día 3 de agosto de 1998 para que el pagador de la entidad Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., proceda
en las oficinas de la casa consistorial de Cambre a los pagos del justiprecio e intereses de las fincas núms. 1, 2, 4, 7, 14 y 18 a las 12.30 horas, y de las fincas núms. 15, 17, 22, 25, 30 y 36 a las 13 horas, por expropiación e imposición de servidumbres de paso de las instalaciones de la línea eléctrica aérea a 15/20 KV y centro de transformación en el lugar de Piñeiro (expte. 78/1995), a los interesados propuestos como titulares de las fincas afectadas, a los que se les dirigirá notificación individual al efecto.
A Coruña, 30 de junio de 1998.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial de A Coruña
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