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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Martes, 28 de julio de 1998 Pág. 8.603

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 220/1998, de 10 de julio, por el que se acepta la cesión a título gratuito a la Comunidad Autónoma de Galicia de un terreno de 12.519,50 m, situado en A Barcala, término municipal de Cambre (A Coruña), para la construcción de un centro público de educación secundaria.

El Pleno de la Corporación municipal de Cambre, reunido en sesión celebrada el 25 de noviembre de 1997, acordó la cesión a la Comunidad Autónoma de Galicia, de un terreno de 12.519,50 m, situado en A Barcala, término municipal de Cambre, para la construcción de un centro de ESO.

Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y 34 de su reglamento aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1º de dicha ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre los mismos sobrepase a su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.

En su virtud, de conformidad con la propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de Cambre acordó la cesión y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día diez de julio mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acepta la cesión gratuita de un terreno de 12.519,50 m, que linda:

-Norte: propiedad municipal y terreno propiedad de Dolores Iglesias Catoira, José García Vidal y Manuel Rodríguez Longueira.

-Sur: terreno propiedad de José Aguiar, Venturo Otero y María Varela.

-Este: terreno propiedad de Dolores González, Miguel Olives Martínez, Áurea Eiroa Climent y resto de la finca matriz.

-Oeste: zona de dominio público de la línea de ferrocarril Palencia-A Coruña y terrenos del Ayuntamiento de Cambre.

El inmueble descrito se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Nº 3 de A Coruña en el

tomo 2.842, folio 81 del libro 325, finca número 27.328, inscripción primera, a favor del Ayuntamiento de Cambre por título de segregación.

Artículo 2º

El inmueble cedido se destinará a la construcción de un centro público de educación secundaria.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, diez de julio de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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