De confomidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, del 26 de noviembre, se notifica a la persona que a continuación se relaciona el acuerdo de inicio de expediente sancionador contra ella instruido por la Delegación Provincial de Sanidad y Servicios Sociales de A Coruña, por incumplimiento del R.D. 1945/1983, del 22 de junio, en el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor.
A partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24.2º del R.D. 1398/1993, del 4 de agosto (Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora), dispone del plazo de 10 días para presentar alegaciones; en caso de no presentarlas y en base al artículo 13.2º del mencionado R.D. 1398/1993, el inicio podrá considerarse propuesta de resolución.
Expediente: Secretaría 134/1998.
Denunciado: Carlos Antonio Gómez Babío.
DNI: 32.833.638A.
Última dirección conocida: Sánchez Bregua, 10 bajo. A Coruña.
Calificación de la infracción: leve.
Importe de la sanción: podrá llegar hasta la cuantía de 500.000 ptas.
A Coruña, 25 de junio de 1998.
Diego Bernal Llorente
Delegado provincial de A Coruña
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