De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27) se notifica a las personas mencionadas a continuación (que no pudieron ser notificadas en el último domicilio conocido que asimismo se indica) la resolución del recurso ordinario del expediente 15-036/96 por infracción en materia de defensa del consumidor.
Contra dicha resolución, que pone fina la vía administrativa, cabe interponer, previa comunicación a este servicio, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a esta notificación.
Si no fuese recurrida en dicho plazo, la sanción devendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectiva en período voluntario, en el subsiguiente plazo de quince días hábiles en cualquier entidad financiera, en la cuenta nº 3110001136 de Caixa Galicia (2091) -Oficina de Relación con Organismos (0388) Santiago de Compostela.
Expediente: 15-036/96.
Inculpado: Antonio Damas Gómez.
Domicilio: c/ Liñares Rivas, nº 17-3º Narón-A Coruña.
Motivo: deficiencia en la prestación de un servicio.
Fecha de iniciación: 23-4-1998.
A Coruña, 22 de junio de 1998.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial del Instituto Gallego
de Consumo de A Coruña
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