Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Viernes, 17 de julio de 1998 Pág. 8.154

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

RESOLUCIÓN de 8 de julio de 1998 por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de técnico de publicaciones, grupo I de la plantilla de personal laboral de esta universidad.

La Junta de Gobierno y el Consejo Social aprobaron en sus reuniones de 21 de diciembre de 1995 y 14 de febrero de 1996 la oferta pública de empleo para 1995.

En la misma, se aprueba la reconversión del puesto de trabajo de subdirector técnico del servicio de publi

caciones del grupo II por el de técnico de publicaciones del grupo I, del convenio colectivo de personal laboral de las universidades públicas de Galicia. Este acuerdo surge como una necesidad de adaptar el mencionado puesto a una clasificación profesional acorde con el nivel de responsabilidad que las necesidades cambiantes de la universidad exigen, dentro de un marco de optimización de los recursos humanos de la institución universitaria.

Este rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 18 de la Ley de reforma universitaria en relación con el artículo 3.2º e) de la misma norma, así como en los estatutos de esta universidad resuelve convocar pruebas selectivas para cubrir 1 plaza de técnico de publicaciones del grupo I, de la plantilla de personal laboral, con sujeción a las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir con personal laboral fijo 1 plaza de técnico de publicaciones, grupo I, del convenio colectivo de personal laboral de las universidades públicas de Galicia (DOG del 18 de octubre de 1996) por el sistema de promoción interna.

1.2. El personal que supere las pruebas selectivas quedará destinado en el puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria.

1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, cuyas pruebas y valoraciones se ajustarán a lo que se especifica en el anexo I de esta convocatoria.

1.4. La adjudicación de la plaza al/a la aspirante que supere el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida sumando ambas fases.

1.5. El programa que regirá en la fase de oposición se especifica en el anexo II.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de formalización del contrato:

a) Ser español o nacional de cualquier estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado del servicio de cualquiera de las administraciones públicas en virtud de expediente disciplinario, ni estar inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de la función pública.

f) Tener la condición de personal laboral fijo de cualquiera de las universidades públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia.

g) Pertenecer a distinta categoría a la de la plaza convocada en la presente convocatoria.

h) Haber permanecido un mínimo de 6 meses en su categoría profesional.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo al rector de la Universidad de Santiago de Compostela en instancia según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Los/as aspirantes deberán hacer constar en su solicitud el sistema por el que se inscriben: promoción interna.

3.2. La instancia irá acompañada de fotocopia del DNI y de los justificantes de los méritos a valorar en la fase de concurso de la manera que se indica:

3.2.1. Certificación acreditativa de los servicios prestados, expedida por la unidad de personal de la Universidad Pública de Galicia donde prestaron dichos servicios referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.2.2. Fotocopia de los diplomas de los cursos de formación y cualificación profesional.

3.2.3. La experiencia profesional se acreditará mediante certificación de la correspondiente gerencia o unidad de personal de la Administración dónde se prestaron los servicios.

3.2.4 La certificación acreditativa de los extremos indicados en las bases 3.2.1, 3.2.2 (sólo se certificarán los cursos que obren en el expediente) y 3.2.3 será expedida de oficio para los aspirantes que presten o prestasen servicios en la Universidad de Santiago de Compostela, y se unirá a la solicitud de los aspirantes.

3.2.5. En cualquier momento la universidad podrá requerir de los/as candidatos/as los originales o copias debidamente compulsadas de los documentos que se correspondan con las simples presentadas.

3.3. La presentación de solicitudes se hará en los registros generales de la universidad situados en el Rectorado de la Universidad de Santiago de Compostela (Colegio de San Xerome. Plaza do Obradoiro s/n) , en la Vicegerencia de Lugo (Augas Férreas, Polígono de Fingoi, Lugo), o en las restantes formas previstas en el artículo 38 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

3.4. Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas, que se ingresarán en la cuenta de Caixa Galicia «Oposiciones» número: 2091-0388-90-3110000646. Para realizar el ingreso deberá utilizarse por triplicado el modelo de solicitud que figura como anexo IV.

En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3.5. Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los/as aspirantes que sean excluidos definitivamente de estas pruebas selectivas y a tal efecto el reintegro se realizará de oficio, para lo que tendrán que hacer constar la entidad bancaria y el número de cuenta en el recuadro que a tal efecto figura en la solicitud. De no figurar estos datos, se entenderá que renuncian a la devolución de los derechos de examen.

3.6. Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en su instancia y solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en los que la adaptación sea necesaria.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Finalizado el plazo de admisión de solicitudes, el rector de la Universidad de Santiago de Compostela dictará resolución, en el plazo de un mes, por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos, en la que consten las causas de la exclusión y el plazo para repararlas. Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios del rectorado.

Para reparar los defectos que motivaran la exclusión u omisión de dichas relaciones, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha resolución. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no reparasen la exclusión u omisión, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

La resolución que apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos agotará la vía administrativa.

5. Tribunal.

5.1. El tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III a esta convocatoria y tendrá la categoría primera de las recogidas en el Decreto 236/1988 de 4 de marzo (BOE del 19 de marzo), modificado por la Resolución de 22 de marzo de 1993 de la Subsecretaría de Economía y Hacienda y para las administraciones públicas, por la que se revisan los importes de las indemnizaciones establecidas (BOE 26-3-1993) y en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo (DOG del 1 de junio) modificado por el Decreto 21/1994, de 4 de febrero (DOG del 14 de febrero).

El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

5.2. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir notificándolo al rector de la universidad, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o si realizasen tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El presidente podrá solicitar de los miembros del tribunal declaración expresa de no encontrarse incursos en las circunstancias previstas en dichos artículos.

Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a los/as miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias antes citadas.

5.3. A partir de su constitución el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.4. Dentro de la fase de oposición el tribunal resolverá todas las dudas que pudiesen surgir en la aplicación de estas normas así como lo que se deberá hacer en los casos no previstos.

5.5. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en las especialidades técnicas. La designación de estos asesores deberá comunicársele al rector de la universidad. El nombramiento de los asesores se hará público, y les serán aplicables las causas de abstención y recusación igual que a los miembros del tribunal.

5.6. El tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en los que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerá para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6 las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.7. El tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes. El tribunal excluirá aquellos/as opositores que consignen su nombre en las hojas de examen, trazos, marcas o signos que permitan conocer su identidad.

5.8. En ningún caso el tribunal podrá declarar que superaron las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.9. A los efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Santiago de Compostela.

5.10. El tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.2º del convenio colectivo, podrá prever la constitución de listas de espera, según el orden de puntuación obtenida en las pruebas, con los aspirantes que no las superaron, con la finalidad de atender, mediante contrataciones temporales las vacantes y necesidades que puedan producirse hasta la realización de la próxima convocatoria.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «B», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 24 de marzo de 1998, de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

6.2. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el tribunal para que acrediten su identidad.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en un sólo llamamiento, siendo excluidos de las pruebas aquellos que no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal.

6.4. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio se harán públicos en la resolución que apruebe la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

6.5. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los demás ejercicios se efectuará en los locales donde se hubiera realizado el primero de ellos así como en el rectorado de la universidad, o por cualquier otro medio que se estime conveniente para asegurar la máxima divulgación, con una antelación de por lo menos veinticuatro horas a la señalada para su inicio.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al rector de la Universidad de Santiago de Compostela, comunicándole también las inexactitudes y falsedades formuladas por el/a aspirante en su solicitud para los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados.

7.1. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal calificador hará pública la relación de los aspirantes seleccionados en cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida.

7.2. La lista con la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición.

7.3. La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma aritmética de las puntuaciones correspondientes a la fase de oposición más la obtenida en la fase de concurso de méritos, en la forma establecida en el anexo I. En caso de empate, se dará preferencia a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate se dirimirá a favor del candidato que obtuviese la mayor puntuación en la fase específica

El tribunal hará pública, para cada sistema de acceso, la lista de los aspirantes que, según el orden de la puntuación total obtenida por cada uno de ellos, fuesen seleccionados, y que en ningún caso podrá contener un número de candidatos superior al de las plazas convocadas. Dicha relación, que será elevada por el tribunal al rector de la universidad junto con

la propuesta de contratación a favor de los aspirantes que figuren en ella, será publicada en el tablón de anuncios del rectorado.

8. Presentación de documentos.

8.1. En el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente a aquel en el que se hiciesen públicas las relaciones definitivas de aprobados en el rectorado de la universidad, los/as aspirantes que figuren en ellas deberán presentar en el Servicio de PAS (Casa de la Balconada, Rúa Nova, 6 de Santiago de Compostela) la documentación necesaria que no obre en dicho servicio.

8.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

8.3. Quien dentro del plazo fijado, y salvo en caso de fuerza mayor, no presentase la documentación o de su examen se dedujese que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrá ser nombrado como personal laboral fijo y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiese incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Disposición final.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnados en los casos y en las formas establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 8 de julio de 1998.

Darío Villanueva Prieto

Rector de la Universidad de Santiago de Compostela

ANEXO I

DENOMINACIÓN DE LA PLAZA: TÉCNICO DE PUBLICACIONES. GRUPO I.

Procedimiento de selección.

1. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición y constará de las siguientes fases:

1.1. Primera fase, de carácter eliminatorio: constará de dos ejercicios:

Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito a una serie de preguntas cortas, no inferior a 20, propuestas por el tribunal y extraídas del temario específico.

El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de dos horas.

La puntuación será de 0 a 30 puntos. Para aprobar será necesario obtener un mínimo de 15 puntos.

Segundo ejercicio: consistirá en la redacción de un documento de carácter editorial, indistintamente en gallego o castellano, propuesto por el tribunal.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora y media.

La puntuación será de 0 a 30 puntos. Para aprobar será necesario obtener un mínimo de 15 puntos.

1.2. Segunda fase:

Prueba de gallego. Tendrá carácter selectivo y no eliminatorio. Constará de dos pruebas:

Primera: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto de castellano a gallego, elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.

Segunda: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto de gallego a castellano, elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.

La puntuación será de 0 a 10 puntos.

1.3 Tercera fase: concurso. Máximo 30 puntos

a) Antigüedad: máximo 8 puntos, a razón de 0,055 puntos por mes trabajado.

b) Experiencia: máximo 13 puntos, a razón de 0,18 puntos mes en la misma categoría en universidades públicas.

c) Cursos de formación y perfeccionamiento, dispensados por centros u organismos oficiales y que estén directamente relacionados con el contenido de la plaza, máximo 5 puntos, que se puntuarán del siguiente modo:

* Cursos de formación recibidos:

Cursos de aptitud: 0,02 puntos/hora de duración del curso.

Cursos de asistencia: 0,01 puntos/hora de duración del curso.

Curso de iniciación de la lengua gallega: 0,01 puntos/hora.

Curso de perfeccionamiento de la lengua gallega: 0,02 puntos/hora.

En el caso de tener los cursos de iniciación y perfeccionamiento de gallego, sólo puntuará el de perfeccionamiento.

* Cursos de formación impartidos: 0,03 puntos/hora de duración del curso.

En los cursos en los que no figure el número de horas, la puntuación se hará por el mínimo de 10 horas.

d) Entrevista: se valorará hasta un máximo de 4 puntos.

ANEXO II

DENOMINACIÓN DE LA PLAZA: TÉCNICO DE PUBLICACIONES. GRUPO I.

Programa.

1. El concepto de editor. Distintos tipos de agentes editores.

2. La industria editorial en España. Edición institucional. Edición privada.

3. Las asociaciones profesionales en el sector del libro en España. Editores, distribuidores y libreros.

4. Los servicios de publicaciones universitarios. Ámbito de actuación editorial. Dirección bifronte.

5. La política editorial de un servicio de publicaciones universitario. Programación editorial.

6. El catálogo de publicaciones. Características y funciones. Las colecciones. El fondo editorial.

7. El original. Clasificación por áreas de conocimiento. Informes. Normas técnicas de presentación de originales.

8. El proyecto de edición. Extensión, diseño y maquetas

9. La corrección. Tipos de corrección. Normas de corrección.

10. El presupuesto editorial. Presupuesto de producción. Clasificación de los gastos. Establecimiento del precio de venta al público.

11. El libro: evolución histórica. Manuscritos. Incunables. Offset. Autoedición.

12. El libro hoy. Concepto material. Elementos constitutivos. Partes externas. Partes internas. Clases de libros.

13. La edición de revistas universitarias. Estandarización. Comités cientificos y de redacción.

14. Los nuevos soportes de la edición. Microficha. Edición eletrónica y multimedia. Edición On-line. Internet.

15. Clasificaciones temáticas e identificación internacional de las publicaciones por códigos: CDU, UNESCO, ISBN, ISSN, etc.

16. Propiedad intelectual. Derechos de autor y afines. El contrato de edición.

17. Coediciones. Convenios de coedición. Cesión y compra de derechos de reproducción y de traducción. La contratación con editoriales extranjeras

18. Subvenciones y ayudas institucionales a la edición. Premios y concursos.

19. La reprografía y los servicios reprográficos universitarios. Reprografía ilegal. Sociedades de gestión: CEDRO.

20. Los precios del libro. Precio y tirada. El precio fijo: legislación. El precio de los libros en el contexto europeo.

21. Canales de distribución. Los distintos soportes publicitarios bibliográficos.

22. Canales de comercialización. Nuevos mercados.

23. Visión panorámica del comercio del libro español: comercio interior y comercio exterior. Datos más destacables.

24. Segundo mercado del libro. Descatalogación. Libros de lance. Fondos antiguos.

25. El intercambio de publicaciones universitarias. Relaciones de intercambio con otras instituciones y centros de investigación. Las bases de datos internacionales.

26. Organigrama funcional de un servicio de publicaciones. Programas informáticos de gestión editorial.

27. El Reglamento del Servicio de Publicaciones e Intercambio Científico de la Universidad de Santiago de Compostela.

ANEXO III

DENOMINACIÓN DE LA PLAZA: TÉCNICO DE PUBLICACIONES. GRUPO I.

Tribunal calificador:

-Titulares:

-Presidente: Castor Méndez Paz, vicerrector de Profesorado de la Universidad de Santiago de Compostela.

-Vocales:

-Representantes de la universidad:

Luís Hervella Torrón, catedrático de Geometría e Topología de la Universidad de Santiago de Compostela.

Mª Luisa Melón Rodríguez, directora del Servicio de Publicaciones de la Universidad de Santiago de Compostela.

-Representantes del comité de empresa:

Xan Mariñas Liste, grupo IV del cuadro de personal laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.

Antonio de Padua Pérez Casas, grupo II del cuadro de Personal Laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.

-Secretario: Daniel de la Torre Míguez, funcionario de carreira de la escala auxiliar de la Universidad de Santiago de Compostela, que actuará con voz pero sin voto.

Tribunal suplente:

-Presidenta: Blanca Ana Roig Rechou, vicerrectora de Estudiantes de la Universidad de Santiago de Compostela.

-Vocales:

Vicente Peña Saavedra, profesor Titular de Teoría e Historia de la Educación de la Universidad de Santiago de Compostela.

Pablo Sampedro Magán, técnico de actividades culturales de la Universidad de Santiago de Compostela.

-Representantes del comité de empresa:

José Fernando Cobos Otero, grupo IV del cuadro de personal laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.

César Novoa Gil, grupo IV del cuadro de personal laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.

-Secretaria: Jesusa Rico Picón, funcionaria de carreira de la escala auxiliar de la Universidad de Santiago de Compostela, que actuará con voz pero sin voto.

6321