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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 132 Viernes, 10 de julio de 1998 Pág. 7.853

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 17 de junio de 1998 por la que se aprueban las bases del concurso público para la adjudicación de una plaza de profesor de lengua y literatura gallegas en el colegio Vicente Cañada Blanch de Londres (Reino Unido).

La Constitución española establece que las comunidades autónomas pueden asumir competencias en la enseñanza de la lengua de cada comunidad (artículo 148.17º).

Esta asunción la hizo efectiva la Comunidad Autónoma de Galicia, que así en su Estatuto de autonomía (Art. 27.20º) reconoce como competencia exclusiva la promoción y la enseñanza de la lengua gallega,

competencia que ejerce no sólo dentro del territorio gallego sino también con respecto a los ciudadanos de Galicia que viven fuera de la Comunidad (Art. 21.1º de la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística).

Es necesario, por lo tanto, promover la enseñanza de la lengua, de la literatura y de la cultura gallegas en los centros españoles que, como el colegio Vicente Cañada Blanch de Londres cuentan entre su alumnado con estudiantes de origen gallego.

Por todo esto, y de acuerdo con lo establecido en el convenio firmado entre la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia y el Ministerio de Educación y Cultura (de 8 de mayo de 1991) para la introducción de los estudios de la lengua gallega en centros españoles en el extranjero,

DISPONGO:

Artículo 1º

Convocar un concurso público de méritos para la provisión de una plaza de profesor de lengua y literatura gallegas en el colegio Vicente Cañada Blanch de Londres (Reino Unido).

Artículo 2º

Aprobar las bases que regirán este concurso y la posterior concesión de esta plaza, que figuran en el anexo I de esta orden.

Artículo 3º

Podrán participar en este concurso, los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros que sean además licenciados en filología hispánica (subsección gallego-portugués) o en filología gallega, y los profesores numerarios de lengua y literatura gallegas de enseñanza secundaria, todos estos con destino en un centro de la Comunidad Autónoma de Galicia, siempre que cumplan con lo establecido en la base primera del anexo I de esta orden.

Artículo 4º

La persona seleccionada será nombrada en comisión de servicios durante el año académico 1998-1999, pudiendo ser renovado ese nombramiento, año por año académico y hasta un máximo de otros cinco, siempre que cuente con los informes favorables de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y del Ministerio de Educación y Cultura.

El incumplimiento manifiesto de las bases de esta convocatoria o los informes desfavorables de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y/o del Ministerio de Educación y Cultura, previa audiencia al interesado, podrán determinar la revocación de la comisión de servicios.

Artículo 5º

El profesor o profesora seleccionado recibirá sus retribuciones como funcionario de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia, y percibirá también del Ministerio de Educación y Cultura el complemento de extranjería esta

blecido (base 4ª del convenio). Cualquier otro concepto (viajes, desplazamientos, residencia etc.) correrá de su cuenta.

Artículo 6º

Se faculta a la comisión constituida al amparo de la base 8ª del convenio mencionado para dictar las resoluciones necesarias y tomar las medidas oportunas para la ejecución de esta orden.

Santiago de Compostela, 17 de junio de 1998.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO I

Bases que regirán la convocatoria

Primera.

Podrán solicitar esta plaza los funcionarios del cuerpo de maestros que sean además licenciados en filología hispánica (subsección gallego-portugués) o en filología gallega, y también los profesores numerarios de lengua y literatura gallegas de enseñanza secundaria, siempre que en la fecha de la publicación de esta orden reúnan las siguientes condiciones:

1. Tener una antigüedad mínima de tres años como funcionario en el cuerpo de maestros y/o profesor numerario de lengua y literatura gallegas de enseñanza secundaria (acreditable mediante hoja de servicios), y haber impartido durante esos tres años la materia de lengua y literatura gallegas (acreditable mediante nombramiento y certificación del director del centro docente).

2. Encontrarse en situación de servicio activo, en los cuerpos de funcionarios docentes referidos, y haber prestado servicios en la Comunidad Autónoma de Galicia como funcionario de esos cuerpos por lo menos durante tres años académicos después de cesar en algún centro del extranjero (acreditable mediante hoja de servicios).

Segunda.

El profesor o profesora seleccionado tendrá que enseñar la materia de lengua y literatura gallegas en todos los niveles educactivos que se imparten en el colegio Vicente Cañada Blanch, interrelacionando los contenidos con la realidad sociocultural de Galicia y de la comunidad gallega en Londres. Además, se le aplicarán las normas generales para profesores españoles en el extranjero, así como las específicas de funcionamiento del claustro del centro (base 5ª del convenio).

Tercera.

1. Para las solicitudes se utilizará el modelo de formulario que figura en el anexo II de esta orden y se presentarán, junto con la documentación acreditativa de los méritos alegados, en el registro de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia (edificio administrativo de San Caetano, Santiago de Compostela), siendo de aplicación lo establecido en el artículo 38.4º de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común.

2. El plazo de presentación será de veinte días contados a partir de la publiciación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

3. Junto al formulario de solicitud habrá que acompañar la siguiente documentación:

-Fotocopia del DNI.

-Fotocopia compulsada del título administrativo de funcionario.

-Hoja de servicios certificada, cerrada con fecha de publicación de esta orde en el Diario Oficial de Galicia.

-Nombramiento y/o certificación del director del centro o centros que acrediten que impartió la materia de lengua y literatura gallegas como mínimo durante tres años.

-Currículum vitae. No se valorarán los méritos alegados que no se acrediten suficientemente.

-Memoria en la que se analizan las condiciones generales de la plaza que se solicita y se incluya un proyecto de trabajo adaptado a ella (5 folios como máximo).

Cuarta.

La valoración de los méritos alegados por los solicitantes y la propuesta del candidato o candidata las efectuará una comisión presidida por el director xeral de Política Lingüística de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y compuesta además por los siguientes miembros:

-La subdirectora general de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación y Cultura (o persona en la que delegue).

-La subdirectora de Promoción y Enseñanza de la Lengua Gallega.

-El jefe del Servicio de Planes y Programas de la Enseñanza de la Lengua Gallega.

-Un funcionario o funcionaria de la Dirección Xeral de Política Lingüística, que actuará de secretario con voz pero sin voto.

La comisión presentará la propuesta de selección al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, quien resolverá.

El contenido de la resolución se le comunicará al Ministerio de Educación y Cultura.

Quinta.

Para la selección del candidato o candidata la comisión valorará entre otros, los siguientes méritos:

-El currículum vitae.

-El análisis de la plaza y el proyecto de trabajo contenidos en la memoria.

-La experiencia en la enseñanza y en la organización de actividades relativas a la dinamización y a la difusión de la lengua y literatura gallegas.

-El nivel de conocimiento de la lengua inglesa.

-La participación en actividades de formación del profesorado o de potenciación del uso de la lengua gallega.

Sexta.

La comisión, antes de formular al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria la propuesta de nombramiento, podrá convocar para una entrevista a los solicitantes que crea oportuno.

ANEXO II

Adjudicación de una plaza de profesor de lengua y literatura gallegas en el colegio Vicente Cañada Blanch de Londres (Reino Unido)

Datos del solicitante:

Apellidos

NombreNIF

Dirección

Localidad

ProvinciaCódigo postal

Teléfono

Solicita:

Ser admitido/a en la convocatoria pública para optar a una praza de profesor de lengua y literatura gallegas en el colegio Vicente Cañada Blanch de Londres, efectuada mediante la Orden de 17 de junio de 1998, por considerar que reúne los requisitos exigidos en la propia orde de convocatoria.

Documentación que se adjunta con esta solicitud (tache lo que entregue):

-Fotocopia del DNI.

-Hoja de servicios.

-Título administrativo de funcionario.

-Nombramientos y/o certificación acreditativa del director del centro.

-Currículum vitae, acompañado de los justificantes oportunos.

-Proyecto de trabajo.

Firma del solicitante:

......., ........ de .... de 1998 .

(Para cubrir por la Administración)

Recibido

Revisado y conforme

Fecha de entrada

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria.

6568