Por medio de esta cédula se notifica a los denunciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el director general de Transportes, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber el derecho que los asiste de interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Política
Territorial, Obras Públicas e Vivenda dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 13.763.620 de la Caja Postal de Ahorros sucursal de Santiago de Compostela.
Para que conste, sirva de notificación a los citados denunciado y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE 27-11-1992), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 22 de mayo de 1998.
Juan Carlos Villarino Tejada
Director general de Transportes
ANEXO
-Matrícula
-Denunciante -Última dirección conocida -Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador impuesta
-Expediente
-Denunciado
-Hecho denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
C-8704-AN
G.C. Tráfico 2º Fase Elviña, bloque 11, 2-5ºD
158 A Coruña
17-4-1997; 18.20; N-VI; 515.7
OR-7543-F
G.C. Tráfico Rúa Cava, 26
324 Ourense
27-12-1996; 16.30; N-525; 238
LU-00851-O-97
Francisco Otero Peña
Circular transportando carga útil en régimen de servicio público careciendo de la correspondiente tarjeta de transportes.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del Real decreto 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, Art. 201 del Real decreto 1211/1990 250.000 ptas. OU-00975-O-97
Excavaciones y Saneamientos J R, S.L.
Realizar un transporte careciendo de autorización administrativa. Transporta una excavadora. Ostenta distintivos de S.P. regional.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del Real decreto 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, Art. 201 del Real decreto 1211/1990 250.000 ptas.
-Matrícula
-Denunciante -Última dirección conocida -Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador impuesta
-Expediente
-Denunciado
-Hecho denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
LU-4037-K
G.C. Tráfico Plaza de Galicia, 37-38 2ºB
27600 Sarria (Lugo)
11-1-1997; 16.45; N-120; 448
Retirada provisional. C-2456-AM
G.C. Tráfico Avda. de Valdés, 38
24400 Ponferrada (León)
29-1-1997; 17.30; N-525; 124
OR-6501-S
G.C. Tráfico Isaac Piñeiro, 4
322 Ourense
7-3-1997; 17.35; N-525; 169.600
ZA-0090-D
G.C. Tráfico Avda. Galicia, 143
492 Zamora
6-3-1997; 12.15; N-525; 220
Z-3904-AT
G.C. Tráfico Utebo Park, B4 2E
50180 Utebo (Zaragoza)
15-5-1997; 12.20; N-120; 472
OU-01006-O-97
Luis Sánchez Fernández
Transportar carga útil (medicamentos), careciendo de la correspondiente tarjeta de transportes del año en curso y anteriores. Arrastrar semirremolque: LU-00614-R.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del Real decreto 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, Art. 201 del Real decreto 1211/1990 250.000 ptas.
OU-01099-O-97
Desmovi, S.L.
Circular con un camión transportando zahorra, careciendo el vehículo de tarjeta de transportes.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del Real decreto 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, Art. 201 del Real decreto 1211/1990 250.000 ptas. OU-01290-O-97
Emporenpaq, S.L.
Transportar paquetería, careciendo en el vehículo de la tarjeta visado de transportes.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del Real decreto 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, Art. 201 del Real decreto 1211/1990 250.000 ptas. OU-01341-O-97
José María Fermoselle, S.L.
Transportar agua, careciendo de la tarjeta visado de transportes del año en curso, o documento oficial que lo sustituya. Carece en su totalidad de los distintivos referentes al ámbito de acción. En el supuesto de poseer dicha autorización, se les sancionará por no llevarla en el vehículo.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del Real decreto 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, Art. 201 del Real decreto 1211/1990 250.000 ptas. OU-01897-O-97
Santos Francisco Segura González
Transportar cerdos, no presentando tarjeta visado de transportes. En el supuesto de poseer dicha autorización, se les sancionará por no llevarla en el vehículo.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del Real decreto 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, Art. 201 del Real decreto 1211/1990 250.000 ptas.
M-09237-R
G.C. Tráfico Areal-Estación FFCC-Guixar, s/n
36201 Vigo (Pontevedra)
17-11-1997; 15.00; N-120; 632
PO-01289-O-97
Gallega de manipulación de Vehículos, S.L.
Circular efectuando el transporte de dos vehículos careciendo de tarjeta de transportes, servicio público y arrastrado por cabeza tractora matrícula PO-6010-AX de la titularidad de Gallega de Manipulación de Vehículos, S.L.
Art. 90 de la Ley 16/1987 y Art. 41 del Real decreto 1211/1990 Art. 143 de la Ley 16/1987, Art. 201 del Real decreto 1211/1990 250.000 ptas.
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