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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Lunes, 08 de junio de 1998 Pág. 6.303

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 1998, de la Dirección General de Personal, por la que se hacen públicas las listas provisionales de admitidos y exluidos del procedimiento para que los funcionarios de carrera del cuerpo de maestros puedan adquirir nuevas habilitaciones.

Para dar cumplimiento en la forma más adecuada a lo dispuesto en el número 10 de la Orden de 16 de abril de 1998 (DOG del 28 de abril), por la que se convoca procedimiento para que los funcionarios de carrera del cuerpo de maestros puedan adquirir nuevas habilitaciones, esta dirección general ha resuelto:

1. Hacer pública en el anexo I la relación de aspirantes admitidos que solicitaron tomar parte en el mencionado procedimiento.

2. En el plazo de diez días a partir de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de esta resolución los interesados podrán interponer las reclamaciones previstas en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo dispuesto en la sección cuarta, número 11 de la orden de convocatoria.

Estas reclamaciones se interpondrán en la misma Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria en la que el solicitante presentó su solicitud de admisión.

3. En el plazo de cinco días naturales contados desde el momento de la finalización del plazo establecido para las reclamaciones en el número anterior, las delegaciones provinciales de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria remitirán a la Dirección General de Personal relación detallada de las reclamciones presentadas, indicando la procedencia o no de acceder a ellas.

4. El hecho de figurar en la relación de solicitantes no prejuzga que se den por válidas las condiciones personales del interesado que lo legitiman para participar en el procedimiento ya que la Administración en este momento no se pronuncia sobre la validez de la misma, sino que su consignación en el modelo de instancia tiene un simple valor indicativo, por lo que el interesado actúa en este procedimiento bajo su responsabilidad estricta y absoluta.

Santiago de Compostela, 27 de mayo de 1998.

Jaime García y García

Director general de Personal

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