En atención a los méritos que concurren en Antonio María Rouco Varela, cardenal-arzobispo de Madrid, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 1/1991, de 11 de enero, por el que se regula la concesión de la Medalla de Galicia, modificado por el Decreto 166/1995, de 16 de junio, es voluntad del Gobierno gallego otorgarle su más alta distinción.
Por tanto, previo acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día cinco de junio de mil novecientos noventa y ocho,
DISPONGO:
Conceder la Medalla de Oro de Galicia a Antonio María Rouco Varela, cardenal-arzobispo de Madrid.
Santiago de Compostela, cinco de junio de mil novecientos noventa y ocho.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Dositeo Rodríguez Rodríguez
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública
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