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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Miercoles, 03 de junio de 1998 Pág. 6.054

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 1998, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, depósito y publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Galigrain, S.A.

Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Galigrain, S.A., que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 29-4-1998, suscrito en representación de la parte económica por una repre

sentación de la empresa, y de la parte social, por el delegado de personal, en fecha 26-2-1998. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciónes económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su déposito en el Servicio de Relaciones Laborales Sección, de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 4 de mayo de 1998.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Pontevedra

Comisión para la discusión del convenio colectivad de trabajo para la empresa Galigrain, S.A. y empleados de la misma.

Acta.

Comisión.

-Por la empresa:

Ceferino Nogueira García

-Por los trabajadores:

José María Pazos Acuña

En Marín, siendo las doce horas del día veintisiete de febrero de mil novecientos noventa y ocho, se reunen los arriba mencionados en el domicilio social de la empresa, con objeto de llegar a un acuerdo sobre la revisión de la tabla salarial del convenio colectivo firmado el pasado diez de agosto de mil novecientos noventa y siete.

Despues de un amplio cambio de impresiones, se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:

1. La tabla salarial para el ejercicio de 1998 será la que se refleja en hoja anexa, resultante de aplicar a la de 1997 un 2,8% de incremento.

2. Modificar el artículo 23 del convenio colectivo indicado anteriormente, quedando redactado como sigue:

Se establece un plus de transporte de caracter mensual por importe de 8.500 pesetas, que tiene a todos los efectos naturaleza indemnizatoria no salarial. Para el personal eventual se establece un plus de transporte por jornada de 320 pesetas, que tiene asimimso a todos los efectos naturaleza indemnizatoria no salarial.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, firmando la presente acta, así como la tabla salarial anexa, lo señores arriba mencionados.

-Por la empresa

Ceferino Nogueira García

-Por los trabajadores

José María Pazos Acuña

ANEXO I

Grupos y categorías profesionales con tabla salarial

Grupos y categorías

Salario

mensual

I. Grupo profesional de titulados
Titulado superior174.714
Titulado medio grupo A156.260
Titulado medio grupo B145.718

II. Grupro profesional de administrativos
Jefe de sección174.714
Jefe de negociado156.260
Oficial administrativo137.943
Auxiliar administrativo105.368

III. Grupo profesional de servicios operativos
Capataz general174.955
Capataz de operaciones151.681
Jefe de mantenimiento145.718
Jefe de taller129.401
Encargado general118.680
Oficial de operaciones108.400

IV. Grupo profesional de servicios varios
Almacenero114.123
Controlador114.123
Oficial de 1ª114.123
Carretillero108.400
Gruista108.400
Conductor de camión108.400
Oficial de 2ª108.400
Peón104.663
Personal de limpieza92.042

V. Grupo profesional de subalternos
Conserje92.042

Grupos y categorías

Salario

mensual

Cobrador92.042
Ordenanza92.042
Portero92.042
Vigilante92.042
Recepcionista92.042

4870