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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Lunes, 01 de junio de 1998 Pág. 5.965

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 14 abril de 1998, de la Dirección General de Interior, por la que se hacen públicas las resoluciones del conselleiro de los expedientes sancionadores en materia de juego P-9/1997 y P-17/1997.

Expediente sancionador: P-9/1997.

Intentada la notificación directa a María de la Concepción Durán Monteagudo de la resolución dictada por el Conselleiro de Justiza, Interior y Relaciones Laborales en el expediente de referencia, y al no poder efectuarse ésta resolví, al amparo de lo previsto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, disponer la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la siguiente:

RESOLUCIÓN:

1) Sancionar a la empresa operadora Sociedad recreativa Rias Altas, S.A., C.I.F. A-15074628, con nº de registro C-0010, solidariamente con su gerente/apoderado José Luis Alberto Martínez López, con DNI 32.586.660, con multa de ciento veinte mil pesetas (120.000 ptas.), por la comisión de una infracción grave de las previstas en el artículo 29.i) de la Ley 14/1985, modificada por la Ley 7/1991 y sancionable a través de los artículos 31 y 32 de la Ley 14/1985, por tener instalada y en explotación, en el local Café Bar Tip Top del municipio de A Estrada (Pontevedra),

una máquina recreativa de tipo B careciendo de la autorización de explotación, boletín de instalación y no teniendo colocada la pegatina de la tasa fiscal.

2) Sancionar a la titular del establecimiento Café Bar Tip Top, sito en Avda. de Santiago, nº 28 del municipio de A Estrada (Pontevedra), Mª de la Concepción Durán Monteagudo, con DNI nº 76861945-C, con multa de diez mil pesetas (10.000 ptas.), por la comisión de una infracción grave de las previstas en el artículo 29. i) de la Ley 14/1985, modificada por la Ley 7/1991 y sancionable a través de los artículos 31 y 32 de la Ley 14/1985, por tener instalada y en explotación, en su local, una máquina recreativa de tipo B careciendo de la autorización de explotación, boletín de instalación y no teniendo colocada la pegatina de la tasa fiscal.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo previa correspondiente comunicación a esta consellería en la forma prevista en la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa de 27 de diciembre de 1956, y en el artículo 110 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Se comunica al interesado que tiene un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución, para efectuar el pago de ella en período voluntario en la cuenta restringida de recaudación a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, de multas y sanciones, nº 311-500-6/0 de la Caja de Ahorros de Galicia, oficina principal de Pontevedra. De no efectuar el pago dentro del plazo establecido se procederá a su ejecución por vía de apremio.

Expediente sancionador: P-17/97.

Intentada la notificación directa a la entidad Complejo Alba, S.L. de la resolución dictada por el Conselleiro de Justiza, Interior e Relaciones Laborales en el expediente de referencia, y al no poder efectuarse ésta resolví, al amparo de lo previsto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, disponer la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la siguiente:

RESOLUCIÓN:

1) Sancionar a la empresa operadora Constantino Pérez Expósito, S.L., C.I.F. B36638815, con nº de registro P-0169, solidariamente con su gerente/apoderado Constantino Pérez Sánchez, con DNI 36.073.687, con multa de ciento cincuenta mi pesetas (150.000 ptas.), por la comisión de una infracción grave de las previstas en el artículo 29. i) de la Ley 14/1985, modificada por la Ley 7/1991 y sancionable a través de los artículos 31 y 32 de la Ley 14/1985, por tener instalada en el local Restaurante Alba del municipio de Pontevedra, una máquina recreativa careciendo del boletín de instalación correspondiente.

2) Sancionar al titular del establecimiento Restaurante Alba, Complejo Alba, S.L., con C.I.F. B-36278380, sito en el municipio de Pontevedra, con multa de veinte mil pesetas (20.000 ptas.), por la comisión de una infracción grave de las previstas en el artículo 29. i) de la Ley 14/1985, modificada por Ley 7/1991 y sancionable a través de los artículos 31 y 32 de la Ley 14/1985, por tener instalada, en su local, una máquina recreativa careciendo del boletín de instalación correspondente.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo previa correspondiente comunicación a esta consellería en la forma prevista en la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa de 27 de diciembre de 1956, y en el artículo 110 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Se comunica al interesado que tiene un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución, para efectuar el pago de ella en período voluntario en la cuenta restringida de recaudación a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, de multas y sanciones, nº 311-500-6/0 de la Caja de Ahorros de Galicia, oficina principal de Pontevedra. De no efectuar el pago dentro del plazo establecido se procederá a su ejecución por vía de apremio.

Santiago de Compostela, 14 de abril de 1998.

Alfredo Sánchez Carro

Director general de Interior

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