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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Martes, 12 de mayo de 1998 Pág. 5.128

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (375/1996).

María Manuel García Jalón de la Lama, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela.

Hago saber: que en virtud de lo acordado en autos de juicio ejecutivo nº 00375/1996, sobre reclamación de cantidad, siendo demandante Banco Simeón, S.A. y demandado entidad mercantil Anxocar, S.L., Ángel Carnota Rico y María Dolores Caneda Fernandeza, siendo la cuantía del asunto la de 807.197 pesetas de principal, más 400.000 pesetas calculadas para intereses, gastos y costas, se cita de remate a los demandados, entidad mercantil Anxocar, S.L., Ángel Carnota Rico y María Dolores Caneda Fernandeza para que en el plazo de nueve días hábiles a partir de la publicación, puedan oponerse a la ejecución, compareciendo en los autos por medio de procurador, apercibidos que de no efectuarlo serán declarados en rebeldía y seguirá el juicio su curso sin volver a citarlo ni hacerle otras notificaciones que determine la ley. Notificándole el embargo de los siguientes bienes:

1. Piso en la tercera planta alta, destinado a vivienda señalada con la letra B, con acceso por el portal F-V-1 de la parcela R-2-2 del polígono de las Fontiñas; tiene un trastero señalado con el número 95, inscripción en el Registro de la Propiedad de Santiago de Compostela número 1, Tomo 1063, libro 98, folio 53, finca 9272.

2. Casa sin número al sitio de la Polveira, en el lugar de Sigüeiro, parroquia de Barciela municipio de Santiago de Compostela, compuesta de piso alto y planta baja de 60 m, Registro de la Propiedad de Santiago de Compostela número 2, tomo 790, libro 438, folio 69, finca 31.536.

3. Nave industrial, calle Pasteur número 59 A, polígono del Tambre.

4. Opel Ascona Po-8252-W.

Se hace constar que se realizó el embargo sobre el bien del demandado, sin requerimiento previo de pago por desconocer su domicilio.

Y para que conste y sirva de notificación a los demandados, entidad mercantil Anxocar, S.L., Ángel Carnota Rico y María Dolores Caneda Fernandeza expido el presente edicto en Santiago de Compostela a 2 de octubre de 1997.

La secretaria

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