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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Viernes, 08 de mayo de 1998 Pág. 4.975

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 1998, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de incoación de los expedientes sancionadores en materia de pesca fluvial P-6/98 y P-259/97, devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan, que con esta fecha resolví publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia (Diario Oficial de Galicia nº 151, del 5 de agosto), por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.

Se nombra instructora de este procedimiento a Paloma Quiroga López, funcionaria de la delegación provincial, pudiendo ser recusada en cualquier momento del expediente de concurrir los supuestos legales.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para aportar, por escrito, cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas consideren convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuarse alegaciones en plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado proposta de resolución, determinándose estos efectos el importe de la sanción.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en la Delegación Provincial de Lugo, Ronda de la Muralla, 70.

Lo que se les comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobada por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto).

ANEXO

-Expediente P-6/98.

Denunciado: Luis Rodríguez Rodríguez (DNI 34.544.478).

Último domicilio conocido: c/ Fuente del Monte, 3-2º d-Ourense.

Hechos imputados: pescar cebando las aguas con pienso granulado el día 25-1-1998, en el río Miño, margen derecha-presa de Belesar.

Precepto sancionador: 34.14º de la Ley de pesca.

Calificación infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 pesetas de multa.

Inhabilitación para obtener la licencia de pesca por un año.

-Expediente P-259/97.

Denunciado: Delmiro González Otero (DNI 34.930.400).

Último domicilio conocido: Vista Fermosa, 6-1ºd-Edif. Piedra-Ourense.

Hechos imputados: pescar cebando las augas con pienso granulado, el día 28-11-1997, en el río Miño-embalse de Belesar-margen derecha-paraje de Sabadelle.

Precepto sancionador: 34.14º de la Ley de pesca.

Calificación infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 pesetas de multa.

Inhabilitación para obtener la licencia de pesca por un año.

Lugo, 30 de marzo de 1998.

Luis González Vázquez

Delegado provincial de Lugo

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