Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 52.4º de la Ley de expropiación forzosa, entre los días 31 de marzo y 7 de abril de 1998 de ambos inclusive, se procedió a consignar los importes de los depósitos previos, correspondientes a la totalidad de las fincas afectadas por las obras del embalse en los términos municipales de Cuntis y Moraña, en la Delegación Provincial de Pontevedra de la Consellería de Economía y Hacienda de la Xunta de Galicia.
De acuerdo con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, para los casos de incomparecencia, incapacidad, propiedad litigiosa o desconocimiento de los propietarios, se remitirá copia de todo el expediente al Ministerio Fiscal, con el que se entenderán las siguientes diligencias.
Santiago de Compostela, 20 de abril de 1998.
Agustín Hernández Fdez. Rojas
Jefe del departamento de gestión del Dominio
Público Hidráulico
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