En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos
previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la Asociación Galega de Alfareiros que tiene los siguientes ámbitos.
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la referida asociación las personas que residan en esta Comunidad Autónoma y reúnan las condiciones legales exigidas para ser considerados artesanos, alfareros.
Firman el acta de constitución: José Antonio Añón Lista y cuatro personas más.
Santiago de Compostela, 2 de abril de 1998.
María José Cimadevila Cea
Directora general de Relaciones Laborales
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