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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Miercoles, 29 de abril de 1998 Pág. 4.506

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 1997, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza la instalación de una planta de cogeneración de energía eléctrica a la empresa Top Wash, S.L., en el municipio de Arteixo (A Coruña), y se incluye la misma en el régimen especial creado por el Real decreto 2366/1994. (Expediente 97/265).

Visto el escrito presentado por la empresa Top Wash, S.L., con domicilio a efectos de notificaciones en calle Newton, 17 nave 2, polígono A Grela, A Coruña, esta dirección general tiene en cuenta los siguientes hechos:

Primero.-El día 23 de abril de 1997, la citada empresa, titular de una planta de lavandería industrial de prendas de vestir, solicitó la autorización administrativa y el reconocimiento de la condición de instalación acogida al régimen especial de producción de energía eléctrica creado por el Real decreto 2366/1994, de 9 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones hidráulicas, de cogeneración y otras abastecidas por recursos o fuentes de energías renovables, para la planta de cogeneración que tiene previsto instalar en su planta del municipio de Arteixo (A Coruña). Acompaña a dicha solicitud el preceptivo anteproyecto de las instalaciones, el estudio de los rendimientos energéticos alcanzables y de ahorro de energía que se conseguirá con la puesta en servicio de las instalaciones proyectadas, y el resto de la documentación a que hace referencia el artículo 5.4º del citado Real decreto 2366/1994.

Las características técnicas básicas de la planta de cogeneración serán las siguientes:

-Un grupo motorgenerador de 1.625 kVA, utilizando como combustible gasóleo o gas natural.

-Centro de transformación de 20/0,38 kV, con potencia de 1.600 kVA.

-Instalaciones complementarias de aprovechamiento de calor, de baja tensión, regulación, control e interconexión con la línea eléctrica de la compañía distribuidora.

Segundo.-De conformidad con lo establecido en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente en virtud de lo establecido en

la disposición transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional, la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña dictó Resolución de 8 de mayo de 1997, por la que se sometió a información pública la autorización administrativa de la instalación de referencia, que se publicó en el DOG del 26-6-1997 y en el BOP de A Coruña del 8-7-1997, sin que se presentase en el período legalmente establecido para ello alegación alguna.

Tercero.-La solicitud objeto de este expediente está informada favorablemente por la Delegación Provincial de A Coruña.

Fundamentos de derecho.

Primero.-La Dirección General de Industria es competente para resolver este expediente con base en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, en el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y en el Decreto 209/1990, de 15 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, modificado por los decretos 140/1991, de 2 de mayo, y 292/1995, de 3 de noviembre, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas y el Real decreto 2366/1994, de 9 de diciembre.

Segundo.-La planta de cogeneración proyectada supera los rendimientos energéticos mínimos que para el tipo de combustible se establecen en el anexo del citado Real decreto 2366/1994.

Tercero.-En el expediente instruido al efecto se han cumplido los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas.

RESUELVE:

Primero.-Autorizar la instalación de una planta de cogeneración a la empresa Top Wash, S.L., a situar en las instalaciones de la factoría que dicha empresa tiene en Arteixo (A Coruña).

Segundo.-Reconocer a la planta de cogeneración autorizada la condición de instalación acogida al régimen especial del Real decreto 2366/1994, e incluirla en el grupo d) del Art. 2 de dicho real decreto.

Como requisito necesario para la aplicación del régimen especial a dicha instalación, la citada empresa deberá inscribir aquella en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado por la orden de la Consellería de Industria y Comercio de 5 de julio de 1995 (DOG del 14-7-1995), para lo que acreditará el cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 11 del Real decreto 2366/1994, y presentar la documentación que figure en las instrucciones que dicte esta dirección general en desarrollo de la citada orden.

El promotor presentará ante la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña, en el plazo de un año contado a partir de la fecha de publicación en el DOG de la presente resolución, el proyecto de ejecución de la planta de cogeneración autorizada, el cual contendrá los datos y condiciones técnicas para la realización de las instalaciones de conexión de la central a la red, que serán facilitados por la empresa que distribuya energía eléctrica en la zona, así como el punto de interconexión.

Asimismo, la instalación se interconectará con el sistema centralizado que para el régimen especial establezca, en su caso, la Dirección General de Industria.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día de su publicación.

Santiago de Compostela, 23 de octubre de 1997.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

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