Lorenzo Villalpando Lucas, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de Santiago de Compostela, doy fe y certifico:
Que en este juzgado de mi cargo y bajo el número 159/1997 se sigue juicio de faltas sobre malos tratos y amenazas, en el cual se ha dictado sentencia que contiene el siguiente encabezamiento, fallo:
Sentencia, en Santiago de Compostela, veintiocho de enero de mil novecientos noventa y ocho.
Visto por Rosa del Carmen Collazo Lugo, magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de los del partido, los presentes autos de juicio de faltas número 159/1997, seguidos por malos tratos y amenazas, siendo parte denunciante Juana Fernández Sánchez, mayor de edad; apareciendo como parte denunciada Manuel Trillo Sánchez, mayor de edad, el Ministerio Fiscal se mostró parte.
Fallo, que debo absolver y absuelvo a Manuel Trillo Sánchez, de la falta inicialmente imputada sin que proceda hacer declaración sobre la responsabilidad civil y declarando las costas de oficio.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación a interponer en el plazo de cinco días desde su notificación, ante este juzgado para ante la Audiencia Provincial de A Coruña.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Lo insertado anteriormente concuerda bien y fielmente con su original transcrito al que me remito, y para que conste, a los efectos que procedan y para que sirva de notificación en forma a la denunciante y denunciado en ignorado paradero Juana Fernández Sánchez y Manuel Trillo Sánchez expido, firmo y sello el presente edicto en Santiago de Compostela el treinta y uno de marzo de mil novecientos noventa y ocho.
El secretario
Rubricado
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