Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 52.4º de la Ley de expropiación forzosa, entre los días 23 y 30 de marzo de 1998, ambos inclusive, se procedió a consignar los importes de los depósitos previos, correspondientes a la totalidad de las fincas afectadas por las obras del embalse en el T.M. de Caldas de Reis, en la Delegación Provincial de Pontevedra de la Consellería de Economía y Hacienda de la Xunta de Galicia.
De acuerdo con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, para los casos de incomparecencia, incapacidad, propiedad litigiosa o desconocimiento de los propietarios, se remitirá copia de todo el expediente al Ministerio Fiscal, con el que se entenderán las siguientes diligencias.
Agustín Hernández Fdez. de Rojas
Jefe del Departamento de Gestión
del Dominio Público Hidráulico
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