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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Viernes, 03 de abril de 1998 Pág. 3.477

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 108/1998, de 20 de marzo, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Xove (Lugo), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de calle aneja al centro cívico de Xove.

El Ayuntamiento de Xove (Lugo), en sesión celebrada el día 14 de abril de 1997, aprobó el proyecto de la calle aneja al centro cívico de Xove y, en la sesión celebrada el día 4 de agosto de 1997, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento ha remitido la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 26 de enero de 1998 con el número 968.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, el día 18 de febrero de 1998, nº 2207.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque es necesario garantizar el acceso viario a los edificios de servicios públicos del centro de salud, cuartel de la Guardia Civil y mejora del acceso a los centros educativos y favorecimiento de la construcción de viviendas en las inmediaciones del centro administrativo y de servicios del ayuntamiento de Xove.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud y a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinte de marzo de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Xove (Lugo), a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de la calle aneja al centro cívico de Xove.

Santiago de Compostela a veinte de marzo de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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