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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Miercoles, 01 de abril de 1998 Pág. 3.341

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de 9 de marzo de 1998, del Servicio Provincial de Transportes de Lugo, por la que se notifican expedientes sancionadores incoados por infracción de la normativa vigente en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de correos por resultar desconocidos sus destinatarios (LU-01372-O-97 y cuatro más).

Por la presente cédula, se notifican a los denunciados cuyos datos y últimas direcciones conocidos que en el anexo se señalan, las resoluciones sancionadoras, dictadas por el delegado provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de Lugo, facultado por el Decreto 70/1993, de 10 de marzo (DOG del 26 de marzo), recaídas en los expedientes que se citan en el anexo.

Se le hace saber el derecho que les asiste para interponer recurso ordinario ante el director general de Transportes de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.

En caso de conformidad con estas resoluciones, deberán hacer efectiva la multa por transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 13.763.620 de la Caja Postal de Ahorros, sucursal de Santiago de Compostela.

Y para que conste y sirva de notificación a los denunciados de dirección desconocida, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE 285, del 27 de nvoeimbre), expido, firmo y sello la presente cédula en Lugo a 9 de marzo de 1998.

Antonio Lage González

Jefe del Servicio Provincial de Transportes de Lugo

ANEXO

-Expediente

-Matrícula

-Denunciante

-Denunciado

-Último domicilio conocido

-Hecho denunciado

-Fecha-Hora-Carretera-p.k.

-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

impuesta

LU-01372-O-97

SE-2071-AG

G.C. Tráfico

Herederos Manuel

Martínez Rodríguez, S.L.

Arjona, 6

411 Sevilla

Circular realizando un transporte discrecional de viajeiros desde Madrid a Santa Eulalia de Oscos, sin tener formalizado el libro de ruta.

23-7-1997; 117.15; N-VI; 490

Art. 222.3º del

Real decreto

1211/1990

y O.M. 25 de

octubre de 1990

Art. 143 de la

Ley 16/1987 y

Art. 201 del

Real decreto

1211/1990

46.000
LU-01555-O-97

OR-4751-T

G.C. Tráfico

Ángel Sánchez Ares

Progreso, 202, 1

32350 A Rúa (Ourense)

Circular transportando carga útil, careciendo de la tarjeta de transportes, vehículo de servicio privado ligero.

25-9-1997; 16; N-120; 510

Art. 103 de la

Ley 16/1987 y

Art. 158 del

Real decreto

1211/1990

Art. 143 de la

Ley 16/1987 y

Art. 201 del

Real decreto

1211/1990

15.000
LU-01586-O-9

C-3230-V

G.C. Tráfico

Manuel Feal Alvedro

Ronda de Outeiro, 300

15011 A Coruña

Realizar un transporte privado de mercancías en un vehículo ligero, careciendo de la tarjeta de transporte.

29-9-1997; 19.10; N-VI; 432

Art. 103 de la

Ley 16/1987 y

Art. 158 del

Real decreto

1211/1990

Art. 143 de la

Ley 16/1987 y

Art. 201 del

Real decreto

1211/1990

25.000
LU-01746-O-97

LU-4059-M

G.C. Tráfico

El Hassan Chaquay

Rúa Nova, 13

271 Lugo

Circular transportando mercancía de feria en régimen de servicio privado, careciendo de la tarjeta de transportes. Nota: se le sanciona por no llevarla visible en el vehículo.

25-10-1997; 9.40; N-640; 142,100

Art. 199.b) del

Real decreto

1211/1990

Art. 143 de la

Ley 16/1987 y

Art. 201 del

Real decreto

1211/1990

5.000
LU-01752-O-97

ZA-8252-I

G.C. Tráfico

Miguel S. Salazar Salazar

Don Juan de las Monjas, 10

492 Zamora

Circular transportando ropa para a su posterior venta ambulante, careciendo de tarjeta de transportes, vehículo ligero.

25-10-1997; 10.50; A-6; 509

Art. 103 de la

Ley 16/1987 y

Art. 158 del

Real decreto

1211/1990

Art. 143 de la

Ley 16/1987 y

Art. 201 del

Real decreto

1211/1990

25.000

2746