Visto el texto del acuerdo firmado el día 6 de febrero de 1998 por la comisión deliberadora del convenio colectivo para el sector de materiales y prefabricados de la construcción (código 2700395), de la provincia de Lugo, integrada por la representación de la Asociación Provincial de Empresarios de la Construcción y de las centrales sindicales FEMCA-UGT, 45,9%; CC.OO., 24,3%; USO, 5,4% y CIG, 21,6%, mediante el que se fija el calendario laboral para el año 1998, en el ámbito del referido convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo. Esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar la inscripción del acuerdo en el registro de convenios de esta delegación, así como su depósito.
Segundo.-Remitir el texto del mencionado acuerdo a la Dirección General de Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Lugo, 25 de febrero de 1998.
José María Fernández Olea
Delegado provincial de Lugo
Acta
-Asistentes:
Representación sindical:
Por FEMCA-UGT:
Adolfo Mosteirín Turia.
Alfonso García Capón.
Por CC.OO.:
José Pulpeiro Vior.
Ángel Barreiro Pérez.
Jesús Varela Lodeiro.
Por USO:
María del Carmen Arias Río.
Por CIG:
Iñaki García Gómez.
Guillermo Rey Rouco.
Susana Ribeira Fernández.
Luis Vigo Lage.
Representatividad en el sector:
Convenio de materiales y prefabricados de la construcción:
Por FEMCA-UGT 45,9% de representación.
Por CC.OO. 24,3% de representación.
Por USO 5,4% de representación.
Por CIG 21,6% de representación.
Representación patronal (APEC):
Hipólito Trinidad Losada.
Miguel Varela Varela.
Ricardo Castro López.
José Manuel Meijide Calvo.
Manuel Sánchez Varela.
Juan Manuel Glez. Zaera Glez.
Silvano Pizarro Gómez.
Pilar Díaz Rodríguez.
En la ciudad de Lugo a 6 de febrero de 1998, se reúnen los representantes de las centrales sindicales y de APEC que se relacionan, como componentes de la comisión deliberadora del convenio provincial de materiales y prefabricados de la construcción con objeto de tratar sobre el calendario laboral para el año 1998.
Después de una amplia deliberación, se adoptan los siguientes acuerdos:
Primero.-Adaptar el calendario laboral a la jornada de 1.764 horas anuales, que se adjunta.
Segundo.-Considerar días de descanso, en el convenio de materiales y prefabricados de la construcción, los siguientes días:
-2 y 5 de enero, 23 de febrero, 20 de marzo, 13 de abril, 4 horas del día 23 de diciembre, 24 de diciembre y el día 31 de diciembre.
Y en prueba de conformidad se firma la presente acta en Lugo a 6 de febrero de 1998.
Calendario laboral correspondiente a las actividades de materiales y prefabricados de la construcción
de la provincia de Lugo para el año 1998
Días Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
1 FN Dom. Dom. 8 FN 8 8 Sáb. 8 8 Dom. 8
2 0 8 8 8 Sáb. 8 8 Dom. 8 8 8 8 3 Sáb. 8 8 8 Dom. 8 8 8 8 Sáb. 8 8
4 Dom. 8 8 Sáb. 8 8 Sáb. 8 8 Dom. 8 8 5 0 8 8 Dom. 8 8 Dom. 8 Sáb. F.L. 8 Sáb.
6 FN 8 8 8 8 Sáb. 8 8 Dom. 8 8 Dom.
Días Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
7 8 Sáb. Sáb. 8 8 Dom. 8 8 8 8 Sáb. FN
8 8 Dom. Dom. 8 8 8 8 Sáb. 8 8 Dom. FN 9 8 8 8 FN Sáb. 8 8 Dom. 8 8 8 8
10 Sáb. 8 8 FN Dom. 8 8 8 8 Sáb. 8 8 11 Dom. 8 8 Sáb. 8 8 Sáb. 8 8 Dom. 8 8
12 8 8 8 Dom. 8 8 Dom. 8 Sáb. FN 8 Sáb. 13 8 8 8 0 8 Sáb. 8 8 Dom. 8 8 Dom.
14 8 Sáb. Sáb. 8 8 Dom. 8 8 8 8 Sáb. 8 15 8 Dom. Dom. 8 8 8 8 FN 8 8 Dom. 8
16 8 8 8 8 Sáb. 8 8 Dom. 8 8 8 8 17 Sáb. 8 8 8 Dom. 8 8 8 8 Sáb. 8 8
18 Dom. 8 8 Sáb. 8 8 Sáb. 8 8 Dom. 8 8 19 8 8 FN Dom. 8 8 Dom. 8 Sáb. 8 8 Sáb.
20 8 8 0 8 8 Sáb. 8 8 Dom. 8 8 Dom. 21 8 Sáb. Sáb. 8 8 Dom. 8 8 8 8 Sáb. 8
22 8 Dom. Dom. 8 8 8 8 Sáb. 8 8 Dom. 8 23 8 0 8 8 Sáb. 8 8 Dom. 8 8 8 4
24 Sáb. F.L. 8 8 Dom. 8 8 8 8 Sáb. 8 0 25 Dom. 8 8 Sáb. 8 8 FN 8 8 Dom. 8 FN
26 8 8 8 Dom. 8 8 Dom. 8 Sáb. 8 8 Sáb. 27 8 8 8 8 8 Sáb. 8 8 Dom. 8 8 Dom.
28 8 Sáb. Sáb. 8 8 Dom. 8 8 8 8 Sáb. 8 29 8 Dom. 8 8 8 8 Sáb. 8 8 Dom. 8
30 8 8 8 Sáb. 8 8 Dom. 8 8 8 8 31 Sáb. 8 Dom. 8 8 Sáb. 0
1.932 144 144 160 152 160 176 184 168 176 160 168 140
NOTA:
1. Las fiestas locales 24 de febrero y 5 de octubre, se refieren al ayuntamiento de Lugo. Para el resto de los ayuntamientos serán los que se determinan en el calendario de fiestas publicado en el BOP número 241, del 20-10-1997.
2. Los días señalados commo (0), tienen tratamiento de festivo en el año 1998, para dar cumplimiento al artículo 70 del convenio general del sector de la construcción de 21-10-1997 (BOE del 5-12-1997), no perdiendo por tanto su carácter laboral para futuros convenios. Los trabajadores que no hayan disfrutado de descanso los días señalados como 0 horas, anteriores a la publicación de este calendario, podrán disfrutarlos el día anterior o posterior a la festividad local.
3. Cuando un festivo local (FL) coincida con algún festivo convenio (0), éste se pasará al día anterior o posterior laboral.
4. En los municipios que no sea festivo local el martes de Carnaval (24 de febrero) se pasará al día anterior o posterior del primer festivo local.
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