El artículo 2º, punto 4, del Decreto 327/1991, de 4 de octubre, de evaluación de efectos ambientales para Galicia (DOG nº 199, del 15 de octubre), dispone que el órgano ambiental someterá el estudio de efectos ambientales al trámite de información pública, durante quince días hábiles, mediante anuncio en el Diario Oficial de Galicia. En su virtud,
RESUELVO:
Primero.-Someter a información pública, en el plazo de quince días hábiles, contando a partir de la publicación de la presente resolución, el estudio de efectos ambientales del proyecto de explotación de la cantera de cuarcita Cabanas, ubicada en el término municipal de Ribas de Sil, provincia de Lugo.
Segundo.-A los oportunos efectos informativos, se pondrán a disposición de los administrados ejemplares en las siguientes dependencias:
* Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
* Delegación Provincial de la Consellería de Medio Ambiente de la provincia de Lugo.
* Ayuntamiento de Ribas de Sil.
Tercero.-Las alegaciones se formularán durante el plazo de quince días.
Cuarto.-Una vez finalizado el mencionado plazo, se remitirá el expediente con las correspondientes alegaciones a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Santiago de Compostela, 9 de marzo de 1998.
Francisco Pan-Montojo González
Director general de Calidad y Evaluación Ambiental
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