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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 48 Miercoles, 11 de marzo de 1998 Pág. 2.465

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO

CÉDULA de 11 de febrero de 1998, del área provincial de A Coruña, por la que se notifican las resoluciones de los expedientes sancionadores VP-C 41/96, VP-C 42/96 y VP-C 43/96.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan, resolución por infracción tipificada en el artículo 56 c) 3º del Real decreto 3148/1978, de 10 de noviembre, sobre política de viviendas de protección oficial.

Contra dichas resoluciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 de la Ley 30/1992, se podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación, ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña, 11 de febrero de 1998.

Mª Teresa Morán Calero

Jefa del Área Provincial del Instituto Gallego de

la Vivienda y Suelo de A Coruña

ANEXO

Expediente: VP-C 41/96.

Denunciada: Mª Ángeles García Barreiro.

Último domicilio conocido: Urbanización Sol y Mar, bloque 11 portal 3-2º B. Oseiro-Arteixo. A Coruña.

Hecho denunciado: no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.

Tipificación de la infracción: artículo 56 c) 3º del R.D. 3148/1978, de 10 de noviembre, sobre política de viviendas de protección oficial.

Precepto sancionador: art. 57 del R.D. 3148/1978.

Sanción: 250.000 ptas. y el cumplimiento de la obligación de habitar la vivienda.

Expediente: VP-C 42/96.

Denunciado: Miguel Ángel Escudero Jiménez.

Último domicilio conocido: Urbanización Sol y Mar, bloque 15 portal 1-1º B. Oseiro-Arteixo. A Coruña.

Hecho denunciado: no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.

Tipificación de la infección: artículo 56 c) 3º del R.D. 3148/1978, de 10 de noviembre, sobre política de viviendas de protección oficial.

Precepto sancionador: art. 57 del R.D. 3148/1978.

Sanción: 250.000 ptas. y el cumplimiento de la obligación de habitar la vivienda.

Expediente: VP-C 43/96.

Denunciada: Encarnación Asensi Anderson.

Último domicilio conocido: Urbanización Sol y Mar, bloque 15 portal 1-2º B. Oseiro-Arteixo. A Coruña.

Hecho denunciado: no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.

Tipificación de la infracción: artículo 56 c) 3º del R.D. 3148/1978, de 10 de noviembre, sobre política de viviendas de protección oficial.

Precepto sancionador: art. 57 del R.D. 3148/1978.

Sanción: 250.000 ptas. y el cumplimiento de la obligación de habitar la vivienda.