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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Viernes, 20 de febrero de 1998 Pág. 1.809

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 28 de enero de 1998 por la que se convoca una beca de lenguaje administrativo inglés.

El artículo 3.1.g. de la Ley 10/1989, de 10 de julio, de modificación de la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, contempla entre los fines de la escuela «la investigación, la documentación, el estudio y la realización de trabajos de divulgación en el ámbito de la Administración pública, promoviendo su máxima difusión».

De conformidad con la referida disposición, se convoca una beca de lenguaje administrativo inglés de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.-Objeto.

La Escuela Gallega de Administración Pública convoca una beca de lenguaje administrativo inglés para la realización en la Escuela Gallega de Administración Pública de estudios y prácticas sobre lenguaje administrativo inglés.

Segunda.-Duración y dotación económica.

La beca terminará el día 31 de diciembre de 1998, pudiendo prorrogarse por un año, en función del aprovechamiento del adjudicatario y de las disponibilidades presupuestarias de la escuela.

La dotación económica de cada beca será de 140.000 pesetas mensuales.

Existe crédito suficiente en la aplicación presupuestaria 04.50.122 A.480.00 del proyecto de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1998 aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia.

Tercera.-Naturaleza jurídica de la relación.

La condición de becario no generará una relación laboral o administrativa con la Xunta de Galicia ni su inclusión en la Seguridad Social.

Cuarta.-Requisitos de los participantes.

Podrán optar a la beca las personas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser licenciado/a en filología inglesa.

b) Acreditar formación y/o experiencia en materias relacionadas con el objeto de la convocatoria.

c) Acreditar formación y/o conocimientos de lengua gallega.

d) Acreditar formación y/o experiencia en informática.

Quinta.-Solicitudes.

Las personas interesadas presentarán en el Registro de la Escuela Gallega de Administración Pública, dentro de los veinte días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria, la siguiente documentación:

a) Una instancia de admisión para participar en las pruebas de selección, según el modelo anexo.

b) Certificación académica en la que se detallen las calificaciones obtenidas en la licenciatura.

c) Documentos que acrediten la formación y/o experiencia exigida en los puntos 4.b, 4.c y 4.d.

e) Memoria descriptiva de las tareas de colaboración en materia de lengua administrativa inglesa en un centro de formación de funcionarios.

Sexta.-Tribunal.

Presidente: el secretario general de la Escuela Gallega de Administración Pública.

Vocales: un profesor colaborador de la EGAP.

Secretario: el jefe del Servicio de Estudios, Investigación y Publicaciones de la EGAP.

Séptima.-Criterios para la selección del becario.

La selección se llevará a cabo mediante la valoración de los méritos acreditados de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Expediente académico: hasta cuatro puntos.

b) Formación o experiencia en temas relacionados con el objeto de esta beca: hasta dos puntos.

c) Conocimientos de lengua galega: hasta dos puntos.

d) Conocimientos de informática: hasta dos puntos.

e) Memoria: hasta cinco puntos.

El tribunal podrá realizar una entrevista con los aspirantes que acrediten más de ocho puntos en el anterior baremo. Versará sobre sus méritos curriculares y la memoria y tendrá una duración máxima de quince minutos. En función del contenido de la entrevista, el tribunal podrá aumentar la puntuación inicial asignada en un máximo del 25% de la que le corresponde por aplicación del baremo.

Finalmente el tribunal hará pública la relación de candidatos por orde de puntuación.

Octava.-Régimen de colaboración.

Los aspirantes seleccionados se incorporarán, después de la aceptación de la beca, en el plazo de diez días naturales siguientes al de la notificación de la adjudicación.

En caso de que un adjudicatario por cualquier motivo no pueda prestar su colaboración será sustituido por el candidato siguiente por orden de puntuación.

El becario prestará su colaboración, bajo las indicaciones del jefe del Servicio de Estudios, Investigación y Publicaciones, en horario de mañana y/o tarde, de lunes a viernes en la Escuela Gallega de la Administración Pública. Los trabajos realizados quedarán en propiedad de la escuela.

El becario presentará al finalizar la beca un informe sobre los trabajos realizados.

Novena.-Cláusula general.

En caso de incumplimiento de las tareas de colaboración, la escuela podrá, por propuesta del jefe del Servicio de Estudios, Investigación y Publicaciones y, oída la persona afectada, anular la bolsa.

La solicitud de la beca implica el conocimiento y la aceptación de las presentes bases.

Santiago de Compostela, 28 de enero de 1998.

Domingo Bello Janeiro

Director de la Escuela Gallega de Administración

Pública