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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Jueves, 19 de febrero de 1998 Pág. 1.770

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 27 de enero de 1998, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la incoación del expediente sancionador C-82/97 (caza-Pontevedra).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las persoas que en el anexo se mencionan, la incoación del expediente sancionador, por infracción de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza.

Que, asimismo, designo instructora del expediente a Pilar Pita Ponte y secretaria a Mª Teresa Calvo García.

Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 29 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la citada ley.

A los efectos previstos de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndole que de no efectuar alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, de darse los supuestos previstos en el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9-8-1993).

Pontevedra, 28 de enero de 1998.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

-Expediente: C-82/97.

Denunciado: Óscar Barros Otero.

Último domicilio conocido: Carretera de A Madroa, 28-bajo, Teis, Vigo.

Hecho denunciado: adiestrar tres perros con fines cinegéticos en época no autorizada, el día 29 de agosto de 1997, término municipal Tui.

Precepto infringido: artículo 48.2.25 de la Ley de caza.

Precepto sancionador: artículo 48 de la Ley 1/1970, de caza.

Sanción: 3.000 ptas.