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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 23 Miercoles, 04 de febrero de 1998 Pág. 1.072

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 1997, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se notifican las resoluciones de los expedientes P-26/97 y dos más, incoados por infracción de la Ley de pesca fluvial y devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen

jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a las personas que en el anexo se mencionan, las resoluciones de dichos expedientes, por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, sobre pesca fluvial.

Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que este fuese presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

El importe de la sanción así como el de la indemnización, se hará efectivo dentro del plazo de un mes contando desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 311-152-115/8 de la Caixa de Galicia (2091), oficina principal de Lugo (152). De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Para proceder al abono de la sanción, deberá utilizar los impresos normalizados que le serán facilitados en la Delegación Provincial de Lugo, Ronda da Muralla, 70.

ANEXO:

-Expediente: P-26/97.

Denunciado: Santiago Cuña Puga.

DNI: 34.975.532.

Último domicilio conocido: Javier Prado Lameiro 2-2º-Ourense.

Hechos denunciados: practicar el deporte de la pesca en época de veda, el día 9-3-1997, en el embalse de Os Peares, río Miño-Carballedo-Lugo.

Precepto sancionador: artículo 34.8º de la Ley 7/1992.

Calificación de la sanción: menos grave.

Sanción: multa de 50.001 ptas. e indemnización por daños y pérdidas de 47.700 ptas.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca durante un año.

Artes decomisadas: devolución previo abono de la sanción, para lo cual se le facilitará un escrito en esta delegación.

-Expediente: P-53/97.

Denunciado: Avelino Pérez Álvarez.

DNI: 33.803.978.

Último domicilio conocido: Principado 9-Las Vegas-Corvera-Asturias.

Hechos denunciados: no respetar las limitaciones de tamaño fijadas por la Orden de 17-2-1997 (DOG del 26-2-1997) de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes, al tener pescado 3 truchas de tamaño inferior al reglamentario (18 cm); el día 23-3-1997 en el río Lama-Fonsagrada.

Precepto sancionador: artículo 33.9º de la Ley 7/1992.

Calificación de la sanción: leve.

Sanción: multa de 10.000 ptas. e indemnización por daños y pérdidas de 9.000 ptas.

-Expediente: P-191/96.

Denunciado: Antonio Dopazo Iglesias.

DNI: 34.532.060.

Ultimo domicilio conocido: Barra do Miño,122-p-4-2º A-Ourense.

Hechos denunciados: cebar las aguas con fines de pesca, careciendo de licencia, el día 30-5-1996, en el embalse de Os Peares-Carballedo.

Precepto sancionador: artículo 34.1º y 14 de la Ley 7/1992.

Calificación de la sanción: menos grave.

Sanción: multa de 60.000 ptas.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca durante un año.

Artes decomisadas: devolución previo abono de la sanción, están depositadas en esta delegación.

Lugo, 15 de diciembre de 1997.

Juan José Cabañó Fernández

Delegado provincial en funciones de Lugo

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