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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Lunes, 05 de enero de 1998 Pág. 93

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE A CORUÑA

ANUNCIO.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 27 de diciembre de 1997, adoptó el siguiente acuerdo:

a) Aprobar inicialmente el proyecto de revisión y adaptación del Plan General de Ordenación Municipal de A Coruña, con las siguientes puntualizaciones:

1. Deberá señalarse en las inmediaciones de Nostián el ámbito de emplazamiento del sistema general de valorización de residuos sólidos.

2. Se modifica el uso del suelo urbanizable S-7, que será mixto, residencial-recinto ferial, en lugar de residencial solamente.

3. Se incorporan las correciones derivadas del informe de la Dirección General de Carreteras que se señalan en el documentoa djunto.

4. Se incorporan las correcciones señaladas en el informe de la Dirección General de Costas, especificando que la zona de dominio público marítimo-terrestre del Monte de San Pedro no ha sido incorporada a efectos del cómputo de aprovechamiento,

y se modifica el ámbito del área de reparto del APR-I 13-01, en las inmediaciones del Puente del Pasaje, a los efectos señalados en el citado informe.

5. Sustituir el polígono H-3-06 por un área de planeamiento incorporado, toda vez que se encuentra en desarrollo la gestión del mismo, para la zona de lso Pelamios.

6. Sustituir los sectores de suelo urbanizable en régimen transitorio, en Ponte da Pedra y Vío, por dos nuevos sectores de suelo urbanizable.

b) Someter el expediente a información pública por período de un mes.

c) Conforme al artículo 34 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, el acuerdo de aprobación inicial del Plan General de Ordenación Municipal determinará, por sí solo, la suspensión del procedimiento de otorgamiento de licencias en aquellas zonas del territorio objeto de planeamiento cuyas nuevas determinaciones supongan modificación del régimen urbanístico vigente; a estos efectos se determinan las áreas siguientes que quedan afectadas por la suspensión:

En suelo urbano:

1. Ámbito de las áreas de planeamiento específico (APE) incluida la correspondiente al Plan Especial de Protección de al Ciudad Vieja y Pescadería.

2. Ámbito de las áreas de planeamiento remitido (APR).

3. Ámbito de los polígonos (POL).

4. En todas aquellas áreas de transformación correspondientes a la norma zonal 7 en que el plan general remite a un planeamiento de desarrollo.

5. Ámbito del suelo urbano de núcleo.

En suelo de núcleo rural: en su totalidad.

En suelo urbanizable: en su totalidad.

En suelo rústico: en su totalidad, con las dos únicas excepciones siguientes:

-Ámbito del suelo del sistema general relativo a la planta de valorización de residuos sólidos urbanos, en la zona de Nostián.

-Ámbito coincidente con el del plan especial del entorno de la Torre.

Lo que se hace público para general conocimiento, a fin de que a la vista del expediente puedan formularse las alegaciones que se estimen pertinentes durante el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 27 de diciembre de 1997.

El alcalde

P.D.

Salvador Fernández Moreda

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