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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 237 Martes, 09 de diciembre de 1997 Pág. 1.834

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de 15 de octubre de 1997, del Servicio Provincial de Transportes de Pontevedra, por la que se notifican resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores incoados por infracción de la normativa vigente en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de correos por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque intentada la notificación no se pudo practicar (expediente PO-00172-O-97 y tres más).

Por la presente cédula, se notifica a los denunciados, cuyas señas y últimas direcciones conocidas se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras, dictadas por el delegado provincial de la CPTOPV de Pontevedra, facultado por el Decreto 70/1993, de 10 de marzo (DOG del 26 de marzo), recaídas en los expedientes que se citan en el anexo.

Haciéndoles saber el derecho que los asiste para interponer recurso ordinario, ante el director general de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.

En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones nº 311.500.007.9 de Caixa de Galicia, oficina principal de Pontevedra, en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución, firmeza que se producirá al no interponer recurso ordinario dentro de plazo, y de no hacerlo asi, se procederá a su cobro por vía de apremio, según lo previsto en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. (BOE nº 285, del 27).

Y para que conste y sirva de notificación a los denunciados de domicilios desconocidos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. (BOE nº 285, del 27), expido, firmo y sello la presente cédula en Pontevedra, 15 de octubre de 1997.

Mª Cruz Tomé Navas

Jefa del Servicio Provincial de Transportes

de Pontevedra

ANEXO

-Expediente

-Matrícula

-Denunciante

-Denunciado

-Último domicilio conocido

-Hecho denunciado

-Fecha-Hora-Carretera-p.k.

-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

propuesta

PO-00172-O-97

CC-9243-I

G.C. Tráfico

Centravi, S.L.

Pazo XIL, s/n

36968 Meaño

(Pontevedra)

Transportar pollo y derivados, careciendo de la correspondiente tarjeta de transportes que lo autorice. Servicio privado. Vehículo ligero

6-2-1997; 12.20; N-550; 40.800

Art. 103 de la Ley

16/1987 y Art. 158

del Real decreto

1211/1990

Art. 143 Ley

16/1987

201 Real decreto

1211/1990

25.000
PO-00261-O-97

C-7827-AW

G.C. Tráfico

Carpea, S.L.

Estrada Coruña-

Santiago, 12-2º

158 Carballo

(A Coruña)

Transportar herramientas para reparaciones de maquinarias careciendo de la tarjeta de transportes. Carece también de distintivos de radio de acción. Servicio privado.

3-3-1997; 18.45; A-52; 306

Art. 103 de la

Ley 16/1997

y Art. 158

del Real decreto

1211/1990

Art. 143 Ley

16/1987

201 Real decreto

1211/1990

25.000

-Expediente

-Matrícula

-Denunciante

-Denunciado

-Último domicilio conocido

-Hecho denunciado

-Fecha-Hora-Carretera-p.k.

-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

propuesta

PO-00321-O-97

M-1657-UK

G.C. Tráfico

Mariano Cuesta Romero

Avda. Alemania, 10

28916 Leganés

(Madrid)

Realizar un transporte de cuadros, careciendo de tarjeta de transportes. Servicio privado

17-3-1997; 9.10; N-550; 134,900

Art. 199 b) del

Real decreto

1211/1990

Art. 143 Ley

16/1987

201 Real decreto

1211/1990

5.000
PO-00428-O-97

PO-5129-BB

G.C. Tráfico

Jesús Peleteiro González

Heraclio Botana, 5-1º Esq.

36201 Vigo

(Pontevedra)

Circular realizando un transporte de mercancías perecederas, careciendo de la tarjeta de transportes. Servicio público.

4-4-1997; 10.45; N-558; 4,100

Art. 90 de la Ley

16/1987 y Art.

41 del

Real decreto

1211/1990

Art. 143 Ley

16/1987

201 Real decreto

1211/1990

15.000

9258