Por la presente cédula, se notifica a los denunciados, cuyas señas y últimas direcciones conocidas se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras, dictadas por el delegado provincial de la CPTOPV de Pontevedra, facultado por el Decreto 70/1993, de 10 de marzo (DOG del 26 de marzo), recaídas en los expedientes que se citan en el anexo.
Haciéndoles saber el derecho que los asiste para interponer recurso ordinario, ante el director general de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones nº 311.500.007.9 de Caixa de Galicia, oficina principal de Pontevedra, en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución, firmeza que se producirá al no interponer recurso ordinario dentro de plazo, y de no hacerlo asi, se procederá a su cobro por vía de apremio, según lo previsto en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. (BOE nº 285, del 27).
Y para que conste y sirva de notificación a los denunciados de domicilios desconocidos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. (BOE nº 285, del 27), expido, firmo y sello la presente cédula en Pontevedra, 8 de octubre de 1997.
Mª Cruz Tomé Navas
Jefa del Servicio Provincial de Transportes
de Pontevedra
ANEXO
-Matrícula
-Denunciante -Último domicilio conocido -Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador propuesta
-Expediente
-Denunciado
-Hecho denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
PO-6839-AF
G.C. Tráfico Areas Regueiro, 36,
36711 Tui
(Pontevedra)
11-12-1996; 13; N-553; 1 decreto 1211/1990.
O.M. 25 de octubre
de 1990 16/1987
201 Real decreto
1211/1990 M-8770-HW
G.C. Tráfico Tenente Domínguez, 140
36980 O Grove
(Pontevedra)
9-12-1996; 16.25; N-541; 76.500 de 1990 (BOE 30) 16/1987
201 Real decreto
1211/1990 PO-0707-AY
G.C. Tráfico Couto Santa Baya, s/n
360 A Cañiza
(Pontevedra)
12-11-1996; 9.45; S/K Ley 16/1987 16/1987
201 Real decreto
1211/1990PO-01780-O-96
Javier Besada Pereira
Circular transportando productos cárnicos frescos careciendo de tarjeta de transportes. El vehículo carece asimismo de distintivos. Servicio público.
199 b) del Real
Art. 143 Ley
20.000 PO-01782-O-96
Pedro Fernández Garrido
Circular transportando maquinaria y material de aislamiento, careciendo de todo tipo de distintivos. Servicio privado.
O.M. 15 de octubre
Art. 143 Ley
15.000 PO-01863-O-96
Inés Barros San Juan
Circular realizando un transporte escolar con 10 alumnos, siendo posible la parada dentro del recinto escolar, dejó los alumnos a 300 metros. Servicio público.
Art. 142 d) del
Art. 143 Ley
25.000
-Matrícula
-Denunciante -Último domicilio conocido -Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador propuesta
-Expediente
-Denunciado
-Hecho denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
M-2727-CX
G.C. Tráfico Gral. Mola, 009
36800 Redondela
(Pontevedra)
18-11-1996; 9; L-Quintela S/K Real decreto
2296/1983 16/1987
201 Real decreto
1211/1990PO-01871-O-96
EMP M García, S.A.
Realizar un transporte escolar no presentando en vigor el seguro de responsabilidad civil ilimitada. No funcionar correctamente el bloqueo automático de la puertas. Carecer de los correspondientes martillos rompecristales. Servicio público.
Art. 4.3 del
Art. 143 Ley
30.000
8061