En el uso de las competencia sobre las ayudas del fondo nacional de asistencia social -a ancianos y a enfermos o inválidos incapacitados para el trabajo- reguladas por el Real decreto legislativo 2620/1981, de 24 de julio, y en virtud de lo dispuesto en el Art. 59 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, al ser devueltas por el servicio de correos las resoluciones provisionales enviadas en su día; se les notifica a los citados en el anexo, la resolución dictada en relación con su expediente del fondo nacional de asistencia social por la delegación de Sanidad y Servicios Sociales de esta provincia.
Contra esta resolución provisional podrán formular, dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se publique este edicto, las alegaciones y pruebas pertinentes ante esta delegación provincial de Sanidad y Servicios Sociales.
Transcurrido el plazo de diez días sin la formulación de alegaciones, la presente resolución se elevará a definitiva, pudiendo interponer contra ella, dentro del mes siguiente, recurso ordinario ante el conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales conforme a lo dispuesto en el artículo 107.1º y 114 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre. En caso de no interponer el mencionado recurso deberán verificar, en el plazo improrrogable de quince días, el ingreso de la deuda -especificada en el anexo- en la cuenta nº 112.925 de pensión del fondo de asistencia social en la oficina principal del Banco Pastor de Santiago de Compostela.
Lugo, 24 de octubre de 1997.
Luis Abades Álvarez
Delegado provincial de Lugo
ANEXO
Solicitante DNI Resolución Causa Fundamentos de derecho Deuda
Álvarez Fernández, Mª Lidia 33339969 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 890.935 Anseán Lombao, Dolores 33787212 Cese No carecer de ingresos Art. 1º.2.a) R.D.2620/1981, 24 julio 436.725 Benavent Pla, Vicente Ramón 9002563 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 914.565 Cabanas Rodríguez, Mª Celina 33817076 Cese No estar incapacitado para el trabajo Art. 1º.2.e) R.D.2620/1981, 24 julio 1.146.447 Fernández Cabana, Mª Paz 76622453 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 1.395.267
Solicitante DNI Resolución Causa Fundamentos de derecho Deuda
Gago Díaz, Avelina 46866295 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 611.270 García Quintela, Mª Carmen 76561720 Cese No estar incapacitado para el trabajo Art. 1º.2.e) R.D.2620/1981, 24 julio 336.985 Gil Varela, Mª Saleta 33591597 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 1.632.757 González Prado, Mª Elisa 33652109 Cese No estar incapacitado para el trabajo Art. 1º.2.e) R.D.2620/1981, 24 julio 195.445 López Álvarez, Oliva 33340759 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 469.730 López Gayoso, Mª Luisa 33773657 Cese No tener cumplidos 69 años Art. 1º.2.e) R.D. 2620/1981, 24 julio 620.999 Lorenzo Loureiro, Isabel 33698583 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 867.345 Morandeira Vilanova, Carmen 33583494 Cese No carecer de ingresos Art. 1º.2.a) R.D.2620/1981, 24 julio 687.323 Mourín Valcárcel, Regina 76598682 Cese No carecer de ingresos Art. 1º.2.a) R.D.2620/1981, 24 julio 224.415 Toimil López, Mª Isabel 76542212 Cese No carecer de ingresos Art. 1º.2.a) R.D.2620/1981, 24 julio 1.361.893 Varela López, Josefa 34177054 Cese Ausentarse sin comunicación Art. 11 R.D. 2620/1981, 24 julio 249.350
8991