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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Viernes, 14 de noviembre de 1997 Pág. 10.995

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 318/1997, de 30 de octubre, por el que se declara la urgente ocupación a efectos de expropiación forzosa, por la Diputación Provincial de Lugo, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto 39 R.V.L. 96. Taboada. Ensanche y mejora de la C.P. de Taboada por Adá a la C.C. 533, p.k. 1,000/1,800.

La Diputación Provincial de Lugo, en sesión celebra da el día 11 de octubre de 1996, aprobó el proyecto de 39 R.V.L. 96. Taboada. Ensanche y mejora C.P. de Taboada por Adá a la C.C. 533, p.k. 1,000/1,800 y, en la sesión del día 28 de abril de 1997 acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Labo

rales el día 15 de octubre de 1997 bajo el número 14786.

Se considera necesaria la declaración de urxente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado porque las obras de referencia figuran en un programa de cooperación económica local y los terrenos son necesarios para la iniciación de las obras dentro de los plazos señalados por la normativa al respecto.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 27.2 y 28.2 del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día treinta de octubre de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por la Diputación Provincial de Lugo, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruído al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto: 39 R.V.L. 96. Taboada. Ensanche y mejora C.P. de Taboada por Adá a la C.C. 533, p.k. 1,000/1,800.

Santiago de Compostela, treinta de octubre de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesus C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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