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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Martes, 11 de noviembre de 1997 Pág. 10.804

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 313/1997, de 30 de octubre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Ferrol (A Coruña), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de ejecución del plan especial de protección y mejora del medio natural en la playa de Doniños.

El Ayuntamiento de Ferrol (A Coruña), en sesión celebrada el dia 31 de mayo de 1996, aprobó el proyecto de ejecución del plan especial de protección y mejora del medio natural en la playa de Doniños, y en la sesión del día 27 de junio de 1997 acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 3 de septiembre de 1997, nº 12052.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, el día 17 de octubre de 1997, nº 14967.

Se considera necesaria la declaración de urxente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque está financiado con fondos europeos a través de la Demarcación de Costas en un programa iniciado en el año 1994, siendo imprescindible para cumplir con las condiciones de la financiación que las obras puedan iniciarse de manera inmediata teniendo el ayuntamiento que garantizar la disponibilidad de los terrenos.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, según lo dispuesto en los articulos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomia de Galicia.

En su virtud a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día treinta de octubre de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiaciónn forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Ferrol (A Coruña), a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de ejecución del plan especial de protección y mejora del medio natural en la playa de Doniños.

Santiago de Compostela, treinta de octubre de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesus C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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