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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Miercoles, 05 de noviembre de 1997 Pág. 10.673

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 1997, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se anuncia el levantamiento de las actas previas a la ocupación de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente 30/1995).

Declarada urgente la instalación de la línea eléctrica aérea a 15/20 kV, de 1.567 m de longitud, sobre apoyos metálicos y de hormigón, con conductor LA-110, con origen en la subestación de Bergondo, hasta el apoyo número 13 de la línea Betanzos-Carral, en su recorrido por los términos municipales de Bergondo y Betanzos (expediente 30/1995), a efectos de expropiación forzosa e imposición de servidumes de paso por Decreto 273/1997, de 10 de septiembre, (Diario Oficial de Galicia, del 6 de octubre de 1997), de la Consellería de Industria y Comercio, a favor de la entidad Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio en Avda. de Arteixo, 171, 15008 A Coruña.

En cumplimiento de los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento, de 26 de abril de 1957, se hace saber a los interesados propuestos como titulares de las fincas que se contienen en la relación que se publicó en el DOG, del 21-12-1995, que el representante y el perito de la Administración se personarán en las fincas el día 20 de noviembre de 1997, a partir de las 11 horas, para la toma de datos y levantar a continuación en las oficinas de las casas consistoriales de Bergondo y Betanzos las actas previas a la ocupación, en las que se describirán los bienes y derechos afectados por expropiación o servidumbres.

Se advierte a los interesados, a los que se les practicará notificación al efectos, que deben concurrir al pacto por sí o personas que les representen, y si así lo estiman los peritos y un notario por su cuenta, pudiendo hacer manifestaciones en el mismo y aportar datos que sean útiles, y formular alegaciones por escrito hasta el citado levantamiento, a los solos efectos de subsanar posibles errores de la relación.

Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4º de la ley 30/1002, del 26 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,

cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación; y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de éstos, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa.

A Coruña, 14 de octubre de 19976,.

Juan Ignacio Lizaur Otero

Delegado provincial de A Coruña

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