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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Lunes, 22 de septiembre de 1997 Pág. 9.383

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

ORDEN de 9 de septiembre de 1997 por la que se declara la alienabilidad del inmueble conocido como complejo de turismo náutico/club fluvial de Castrelo de Miño, término municipal de Castrelo de Miño (Ourense).

El Ayuntamiento de Castrelo de Miño, mediante acuerdo del Pleno, de fecha 30 de mayo de 1996, solicitó de la Consellería de Economía y Hacienda la cesión de uso de las instalaciones del complejo de turismo náutico situado en su término municipal, con el fin de dedicarlas a actividades náutico-turísticas.

Mediante el Decreto 210/1997, de 30 de julio (DOG nº 152, del 8 de agosto), se procedió a la desafectación del inmueble.

Una vez obtenida la inscripción en el correspondiente Registro de la Propiedad de dicho bien a nombre de la Comunidad Autónoma de Galicia, procede declarar su alienabilidad conforme a lo dispuesto en los artículos 24 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega y 60 del Decreto 50/1989, de 9 de marzo, por el que se aprueba su reglamento, con objeto de posibilitar la cesión del derecho de uso del mismo.

En virtud de lo anteriormente expuesto, a la vista de la solicitud presentada, teniendo en cuenta la pro

puesta de la Secretaría General y del Patrimonio, y previo informe favorable de la Secretaría General para el Turismo,

DISPONGO:

Artículo único.

Se declara la alienabilidad del siguiente bien inmueble que se describe a continuación:

Parcela de terreno denominada Regocha o O Fontenlo, situada en el término municipal de Castrelo de Miño (Ourense), de una extensión superficial de treinta y dos mil trescientos metros cuadrados, que linda al norte, con el embalse de Castrelo; al sur, terrenos del ayuntamiento, de Carlos Alonso Montero, José Álvarez Castiñeiras, Antonio Rodríguez Villar, María Esther Viso González, Francisco Guitián González, Camilo Fernández Lafuente, Alfonso Bande González, Fernando Pérez Viso, Manuel Rodríguez Rodríguez, Carlos Alonso Montero, José González Bangueses, Florencio Regueiro Rey, Tomás Sobrino Trabazos y José González Bangueses; al este, camino y al oeste, terrenos municipales y FENOSA. Sobre dicha parcela se construyó un edificio de planta baja y primera planta, con las características constructivas reflejadas en el proyecto de obra y que linda por todos sus vientos con la parcela antes descrita. La planta baja tiene una superficie construida de 730,02 m y una superficie útil de 441,07

m y alberga las siguientes dependencias: almacén, cocina, restaurante, cafetería, cuarto de instalaciones, sala de juegos, botiquín y sala de estar. En la planta primera, con una superficie de 642,35 m y útil de 563,24 m, se encuentra una sala de estar, una zona de comunicación y una terraza cubierta.

Se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad de Ribadavia en el tomo 471, libro 77 de Castrelo de Miño, folio 43, finca número 10.104, inscripción 2ª.

Santiago de Compostela, 9 de septiembre de 1997.

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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