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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 180 Jueves, 18 de septiembre de 1997 Pág. 9.312

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 1997, de la Delegación Provincial de Pontevedra, de notificación de resoluciones en expedientes sancionadores en materia de espectáculos públicos.

Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de correos por ser imposible su práctica; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se le notifica a Juan Carlos Fernández Chan, con último domicilio conocido en la calle Juan Bautista Andrade, 11-5º, de Pontevedra, como propietario del disco-pub Garbosa, en el ayuntamiento de Poio, las resoluciones de los expedientes sancionadores números: 1844/96, 1857/96, 1858/96, 1901/96, 1983/96, 2044/96, 2045/96, 2150/96, 2231/96 y 2248/96, por las que se le impone una sanción de multa de trescientas mil pesetas (300.000 ptas.) en cada uno de los citados expedientes, y de los que se transcribe su parte dispositiva que es la siguiente:

Primero.-Que los hechos imputados se tipifican como falta grave en el artículo 23 ñ) en relación con el 26 e) de la Ley orgánica 1/1992, de 21 de febrero; por la comisión de una tercera infracción leve dentro del plazo de un año; cumpliéndose el requisito que establece el artículo 131.3 c) de la Ley 30/1992, de

que las dos primeras infracciones sean firmes en vía administrativa.

Segundo.-Que esta delegación provincial es competente para resolver este procedimiento de conformidad con la Orden de 26 de septiembre de 1996 de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, de atribución del ejercicio de funciones a los delegados provinciales, dictada al amparo de los Decretos 360/1996, de 26 de septiembre y 336/1996, de 13 de septiembre, por el que se asumen las funciones y servicios transferidos en materia de espectáculos públicos por la Ley orgánica 16/1995, de 27 de diciembre, y Real decreto 1640/1996, de 5 de julio.

Por todo esto resuelvo imponerle al denunciado una sanción de multa de trescientas mil pesetas (300.000 ptas.). El importe de la multa se tendrá que abonar dentro de los 15 días siguientes a la fecha de firmeza de esta resolución, por transferencia mediante el impreso adjunto, en cualquier oficina bancaria, a la cuenta corriente nº 2057-0060-06-3111200053 Xunta de Galicia-multas e sancións, de Caixa Pontevedra O.P. de Vigo.

En el caso de impago, se le apercibe formalmente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que se procederá a su cobro por vía de apremio, con los recargos que legalmente procedan.

Frente a la presente resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, en el plazo de un mes desde la fecha de la notificación, presentando el escrito en esta delegación provincial o en la propia Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, todo esto de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 al 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 18 de agosto de 1997.

P.A.

Ramón Hermo Rey

Delegado provincial de Pontevedra

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