Conforme a los artículos 100 y siguientes de la Ley orgánica del poder judicial y 49 y siguientes de la Ley de demarcación y planta judicial, acuerdo hacer la siguiente convocatoria pública para elección de juez de paz titular.
Requerimientos.
Ser españoles, mayores de edad, no estar impedidos física o psíquicamente para la función judicial, no hallarse condenados por delito doloso, sin rehabilitar, y no encontrarse procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean absueltos, y hallarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
Documentos que hay que presentar.
Certificación de nacimiento o fotocopia autenticada del DNI.
Certificación expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes y declaración complementaria a que hace referencia el artículo 2 de la Ley 68/1980, en su punto a) referente a si se encuentra inculpado o procesado.
Certificación de méritos que los aspirantes aleguen en su favor.
El plazo de presentación de solicitudes termina a los 15 días de la publicación de este anuncio.
Lo que se comunica para general conocimiento.
Moaña, 6 de agosto de 1997.
El alcalde presidente
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