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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 173 Martes, 09 de septiembre de 1997 Pág. 8.879

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 1997, de la Delegación Provincial de Pontevedra, de la notificación de la propuesta de resolución del expediente sancionador POAG I-539/96 y siete más (incendios-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27-11), se notifica a la persona que en el anexo se menciona la propuesta de resolución por infracción a la Ley

81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios foretales y su Reglamento de 23 de diciembre.

Y a los efectos previstos en el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9-8), el denunciado podrá presentar en un plazo de quince días las alegaciones que considere convenientes, en el Servicio de Defensa Contra Incendios Forestales, sito en Cabanas-Salcedo.

Pontevedra, 5 de agosto de 1997.

Manuel Francisco Gutiérrez

Instructor

ANEXO

ExpedienteDenunciado

Último domicilio conocido

Hecho denunciadoPreceptos

InfringidoSancionadorSanción

I-539/96José M. Fernández Oliveira

Portosenín

36309-Viladesuso-Oia

Abandono de un vehículo.Art. 137 e) del

Reglamento a la LIF

Art. 139 del

Reglamento a la LIF

50.000
I-37/97Antonio Conde Barros

Pozo Vello, 4-Arcade

36691-Soutomaior

Abandono de un vehículo.Art. 137 e) del

Reglamento a la LIF

Art. 139 del

Reglamento a la LIF

50.000
I-76/97Celeste M. Vasconcelos Pereira

Eugenio Kraff, 22 bajo

36210-Vigo

Abandono de un vehículo.Art. 137 e) del

Reglamento a la LIF

Art. 139 del

Reglamento a la LIF

50.000
I-79/97Fernando Arias Torradel

Mato Calderón, 41-1º A

36995-Poio

Abandono de un vehículo.Art. 137 e) del

Reglamento a la LIF

Art. 139 del

Reglamento a la LIF

50.000
I-95/97Manuel Piñeiro González

Charco, 51-Rubiáns

36619-Vilagarcía de Arousa

Quema sin autorización.Art. 137 b) del

Reglamento a la LIF

Art. 139 del

Reglamento a la LIF

10.000
I-99/97Enrique Jiménez Montoya

O Bao, 13

36163-Poio

Abandono de un vehículo.Art. 137 e) del

Reglamento a la LIF

Art. 139 del

Reglamento a la LIF

50.000
I-125/97.1Jesús J. García GonzálezHacer hoguera en el monte sin autorización.Art. 137 b) del

Reglamento a la LIF

Art. 139 del

Reglamento a la LIF

15.000
I-181/97Cacabelos y Vila, S.L.Abandono de un vehículo.Art. 137 e) del

Reglamento a la LIF

Art. 139 del

Reglamento a la LIF

50.000

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