En virtud de lo acordado en resolución de esta fecha, en los autos de referencia, por la presente cédula se cita de remate al referido demandado Tramagal Gransportes, S.L., a fin de que dentro del término improrrogable de nueve días hábiles se oponga a la ejecución contra el mismo despachada, si le conviniere, personándose en los autos por medio de abogado que lo defienda y procurador que lo represente, apercibiéndolo de que de no verificarlo será declarado en situación de rebeldía procesal parándole con ello el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Se hace constar expresamente que, por desconocerse el paradero del demandado, se ha practicado embargo sobre bienes de su propiedad sin previo requerimiento de pago.
Principal: setecientos tres mil seiscientos uno.
Intereses, gastos y costas: trescientos cincuenta mil.
En Santiago de Compostela a cinco de junio de mil novecientos noventa y siete.
El/la secretario
Rubricado
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