María Begoña Arroyo Martín, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela, doy fe y testimonio que en los autos de juicio verbal civil seguidos en este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela, con el número 2 de 1997, se dictó la sentencia que contiene el encabezamiento y fallo siguientes:
«Sentencia. En Santiago de Compostela a diecisiete de junio de mil novecientos noventa y siete. José Gómez Rey, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de esta ciudad y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal civil número 2/1996, seguidos entre partes, de una, como demandante Magdalena Mosquera González, con el procurador Regueiro Muñoz, y de otra como demandados Antonio Mera Botana, Óscar Priegue Lourido y la compañía de seguros Winterthur, con la procuradora Sánchez Silva.
Fallo que, estimando parcialmente la demandada presentada por María Magdalena Mosquera González, contra Antonio Mera Botana, Óscar Priegue Lourido y la entidad aseguradora Winterthur, condeno a los demandados a que, de forma solidaria, indemnicen
a la actora en la cantidad de sesenta mil cuatrocientas treinta y cinco pesetas (60.435 ptas.) que devengará, respecto de la compañía aseguradora, un interés anual del 20% desde la fecha del siniestro, sin hacer expresa imposición de las costas procesales. Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno».
Y para que sirva de notificación al demandado rebelde Óscar Priegue Lourido, expido y firmo el presente edicto en Santiago de Compostela a veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y siete.
Rubricado
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