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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Jueves, 14 de agosto de 1997 Pág. 7.950

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de notificación de la resolución recaída en el expediente sancionador 5.24/92-II, por infracción a la legislación de costas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que se relaciona en el anexo la resolución del delegado de esta consellería en Pontevedra, recaída en el expediente sancionador, por los hechos señalados, constitutivos de una infracción a la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas (en adelante L.C.) y su Reglamento general para desarrollo y ejecución de la L.C., aprobado por el R.D. 1471/1989, de 1 de diciembre y modificado por los RR.DD. 1112/1992, de 18 de septiembre y 1771/1994, de 5 de agosto (en adelante R.C.).

Contra la presente resolución se puede interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Pontevedra, 1 de agosto de 1997.

Guillermo Sáez Díaz

Jefe del Servicio Provincial de Costas

ANEXO

Expediente número: 5.24/92-II.

Denunciado/a: Perfecto Rey Cartea.

Último domicilio conocido: calle Pedro Alvarado, nº 3-4º Vigo.

Hechos denunciados: construcción de una vivienda unifamiliar.

Lugar: Punta Area Brava-Vilanova-O Hío.

Ayuntamiento: Cangas.

Preceptos infringidos: Arts. 25.1º a), 25.2º y 26.1º de la L.C. y arts. 45.1º a), 46.1º y 48.1º del R.C.

Preceptos sancionadores: Arts. 90 c) 91.2º e) y 183 b) de la L.C. y arts. 174 c), 175.2º e) y 183 b) del R.C.

Calificación de la infracción: grave.

Sanción: 1.016.285 ptas.

Medidas correctoras: al amparo de lo establecido en los artículos 95.1º de la L.C. y 79.1º del R.C., el infractor estará obligado a la restitución de las cosas y reposición a su estado anterior, debiendo realizarlo en el plazo de un mes desde que la resolución sea definitiva en vía administrativa.

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