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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Miercoles, 06 de agosto de 1997 Pág. 7.649

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 4 de julio de 1997, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se notifica la resolución del expediente P-10/97 incoado por infracción a la Ley de pesca fluvial, devuelto por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan las resoluciones de dichos expedientes, por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, sobre pesca fluvial.

Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, se podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que este fuese presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

El importe de la sanción, así como el de la indemnización, se hará efectivo dentro del plazo de un mes contando desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 311-152-115/8 de la Caixa de Galicia (2091), oficina principal de Lugo (152). De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Para proceder al abono de la sanción, se deberán utilizar los impresos normalizados que serán facilitados en la Delegación Provincial de Lugo, Ronda da Muralla, 197.

ANEXO:

-Expediente nº: P-10/97.

Denunciado: Carlos Chaudarcas Vázquez.

DNI: 34.912.074.

Último domicilio conocido: c/Quintián 28-3º b-Ourense.

Hechos denunciados: dedicarse al deporte de la pesca no siendo titular de una licencia válida de pesca; el día 25-1-97 en el embalse de Belesar-Sabadelle-Chantada-Lugo.

Calificación de la sanción: menos grave.

Precepto sancionador: Art. 34.1º de la Ley 7/92.

Sanción: 50.001 ptas. de multa.

Inhabilitación para obtener la licencia de pesca durante un año.

Lugo, 4 de julio de 1997.

José Ramón Molinero Senovilla

Delegado provincial de Lugo

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