De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48.1º de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 48.2º, 49, 50 y 51 de su Reglamento de 26 de abril de 1957, esta delegación acuerda señalar el día 5 de agosto de 1997 a las 12 horas, para que el pagador de la entidad Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., proceda en las oficinas de la Casa Consistorial de A Pobra do Caramiñal, a los pagos del justiprecio e intereses, por imposición de servidumbres de paso de las instalaciones de la línea eléctrica a 15/20 kV desde Palmeira a San Isidro-Santa Cruz de Lesón, en el término municipal de A Pobra do Caramiñal (expediente 52282), a los interesados a los que se les dirigirá notificación individual al efecto, propuestos por la citada empresa como titulares de las fincas de que consta este proceso expropiatorio.
A Coruña, 1 de julio de 1997.
Manuel Estévez Mengotti
Delegado provincial en funciones de A Coruña